De forma unánime, los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Felipe Córdova (ponente), Daniella Camacho e Iván Saquicela resolvieron declarar improcedente la apelación a la medida cautelar de prisión preventiva que solicitó dentro del caso Reconstrucción de Manabí el exvicepresidente Jorge Glas. En el caso de Carlos Bernal, exsecretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí, el Tribunal decidió declarar en abandono el recurso, debido a que su defensa no asistió a tiempo a la instalación de la diligencia.

Cerca de diez minutos le tomó al presidente del Tribunal leer una decisión que descartó todos los argumentos planteados por la defensa de Jorge Glas. La Sala de Apelación dio a conocer su decisión la tarde de este miércoles, 21 de febrero, luego de casi cinco horas de deliberación.

El 5 de enero pasado, Glas y Bernal recibieron una orden de prisión preventiva dentro del proceso penal por el delito de peculado. En este caso Glas es investigado por sus intervenciones como exvicepresidente y expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo; Bernal al haber sido secretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí; y Pablo Ortiz por sus actuaciones como gerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico.

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Inmediatamente fue instalada la audiencia, Andrés Villegas, abogado de Glas, planteó un incidente procesal. Según él, el juez Saquicela debía presentar su excusa ya que había adecuado su conducta en la causal de excusa prevista en el artículo 572 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), numeral ocho, es decir, una enemistad manifiesta contra Jorge Glas.

Caso Reconstrucción de Manabí: Jorge Glas intentó que Iván Saquicela se excuse por ‘enemistad manifiesta’ de conformar Tribunal de Apelación

Villegas contó que horas antes de la diligencia en un video de una publicación digital habría aparecido Saquicela señalando que es público y notorio que el sector llamado correísmo todo el tiempo lo ataca, lo insulta y cree que a ellos (al correísmo) no les conviene que él (Iván Saquicela se mantenga en la Corte Nacional. “Si esto no es una declaración de enemistad manifiesta, qué lo es, señores jueces”, dijo Villegas.

En respuesta al pedido de excusa, Saquicela señaló en la audiencia que él no tiene amistad ni enemistad y que sus actuaciones son de conformidad con el derecho y eminentemente jurisdiccionales. Con esa respuesta y al no existir una recusación que haya sido notificada formalmente, el presidente del Tribunal de Apelación desechó la alegación y le dio paso a Villegas a que fundamente su pedido de apelación.

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La defensa de Glas señaló que la prisión preventiva ordenada contra su cliente fue ilegal e inconstitucional, acusando al juez nacional Luis Rivera de acoger “servilmente” los “criterios políticos y no jurídicos” planteados por la Fiscalía. Criticó que no se le haya permitido a Glas el presentarse periódicamente desde la Embajada de México, en Quito, cuando existen casos como el denominado Sinohydro, por el delito de cohecho, en el que el expresidente Lenín Moreno y su esposa, Rocío González, se presentan en la Embajada de Ecuador en Asunción, Paraguay, y hay otros procesados que se presentan en embajadas y consulados de Estados Unidos y Panamá y hasta usando la vía telemática.

“Por qué el trato desigual ante la ley. La única respuesta posible es que a diferencia del expresidente Lenín Moreno y los demás procesados en esa causa, el expresidente Jorge Glas es el objetivo político del lawfare que hace algún tiempo viene operando en el país”, anotó la defensa del exvicepresidente.

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El exvicepresidente Jorge Glas vuelve a recibir una orden de prisión preventiva por supuesto acto de corrupción cometido en la reconstrucción de Manabí

Otro fundamento de Villegas fue que la resolución del entonces juez Luis Rivera para definir la prisión preventiva para Glas conculcó la garantía constitucional de la motivación, es decir, no cumplió con los requisitos mínimos de fundamentación. Para el abogado, el magistrado, por ejemplo, no realizó ningún análisis de los 85 elementos de convicción presentados por la Fiscalía para solicitar la prisión preventiva y tampoco habría señalado cuáles de esos 85 elementos fueron relevantes para tomar su decisión.

Concluyó el abogado su intervención solicitando que por ilegal e inconstitucional se revoque la prisión preventiva dispuesta para el líder correísta, quien desde el 17 de diciembre pasado se encuentra en la Embajada de México, en Quito, como huésped. Él ha solicitado a México asilo político y aún no hay una respuesta sobre el tema. Glas no asistió de forma personal ni se conectó vía telemática a esta diligencia.

Para el Tribunal, todos estos argumentos fueron improcedentes. Según Córdova, revisada la resolución adoptada por Rivera no se advierte la existencia de ningún argumento o norma jurídica que tenga que ver con la política u otra rama alejada del derecho y tampoco que la decisión no esté suficientemente motivada y cumpla con los requisitos de ley.

Además, en lo relacionado a que existen casos análogos en los que jueces de la Corte Nacional han entregado medidas alternativas de presentación periódica en consulados, embajadas y hasta vía zoom, el Tribunal anotó que pese a que la defensa de Glas dijo que son casos análogos, el impugnante no ha justificado dicha analogía y más bien la Sala habría advertido de que no son casos análogos.

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Para Córdova, las medidas cautelares se dictan para garantizar la comparecencia de la persona procesada a juicio, para garantizar el principio fundamental de inmediación. El juez cree que debe existir una inmediación con el proceso, con el juez y por eso es que las medidas cautelares sirven para garantizar un futuro y eventual cumplimiento de pena o una futura y eventual reparación integral, de ser el caso.

“Es un acto público y notorio que el ciudadano Jorge Glas Espinel se encuentra en la Embajada de México, en Quito, y por lo cual se ha evidenciado una actitud evasiva con el proceso, lo cual denota un posible riesgo procesal. Ante tal circunstancia resulta impertinente hablar de tal analogía. Además es importante destacar que una cosa es el cumplimiento de una medida cautelar alternativa a la prisión preventiva en una embajada, ordenada por un juez, previo a la valoración de las circunstancias fácticas que rodean al proceso, y otra cosa muy distinta es el uso de una embajada como fórmula para, presuntamente, evadir un proceso”, resaltó el juez Felipe Córdova en la decisión unánime.

La fiscal general, Diana Salazar, arrancó su exposición rechazando todos los argumentos de la defensa de Glas y recordó que los hechos imputados al ex segundo mandatario del gobierno de Rafael Correa radican en el abuso del dinero públicos que los ecuatorianos entregaron para enfrentar la emergencia en todas las zonas gravemente afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016.

Quito, lunes 18 de diciembre del 2023 La embajada de México en Quito se encuentra custodiada por policías, luego de que Jorge Glas el pasado 17 de diciembre se presentó para pedir protección del gobierno de Andrés Manuel López Obrador. Fotos: César Muñoz/API Foto: API

Salazar defendió la prisión preventiva ordenada el 5 de enero pasado. Dijo que la medida cautelar dispuesta estuvo suficientemente fundamentada y que se evidenció en la audiencia de formulación de cargos que la prisión preventiva era la única adecuada, tomando en cuenta que el ánimo de Jorge Glas ha sido evadir la justicia e incluso mantendría una orden de ubicación y captura por incumplir una medida cautelar anterior que le permitió tener una libertad provisional.

La Fiscalía insistió en que Glas y el resto de procesados decidieron priorizar proyectos que no obedecían al contexto de emergencia, reconstrucción y reactivación productiva, provocando que los dineros recaudados por la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana sean usados y destinados en obras que no estaban dirigidas a satisfacer las necesidades emergentes de la población de Manabí y Esmeraldas.

“Respondieron a un ejercicio abusivo para decidir qué obras sí y qué obras no. Se hicieron las obras a dedo. Dichas obras mal priorizadas y obviamente abusivamente financiadas con dineros de todos los ecuatorianos ascienden a la cantidad global de $ 367′478.972,30 aproximadamente, sin que ni siquiera varias de estas, al día de hoy, hayan sido concluidas o constituyan de alguna utilidad para la población afectada. Se cayeron las casas, pero no construyeron casas, hicieron parques. ¿Para qué? Para beneficiar a sus amigos a dedo”, apuntó la fiscal general. (I)