Este viernes 5 de abril próximo, casi tres meses después de que el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) declaró la nulidad insanable del concurso para jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) iniciado por el entonces presidente Wilman Terán, arrancará la fase de postulación del nuevo concurso de méritos y oposición, impugnación ciudadana y control social para la selección y designación de diez jueces y conjueces para llenar las vacantes en la Corte Nacional.

El 25 de marzo pasado se hizo público que, con la votación unánime de los vocales de la Judicatura Yolanda Yupangui, Solanda Goyes, Merck Benavides y del presidente encargado Álvaro Román, el pleno del organismo aprobó la resolución con la que se dio inicio al concurso público. La decisión se tomó el 21 de marzo pasado en sesión extraordinaria, en la que también se aprobó el cronograma general de las nueve fases y subfases del proceso, que se prevé finalicen en octubre de 2024.

Judicatura declaró la nulidad total del concurso de selección de jueces de la Corte Nacional de Justicia

Ya el presidente Román adelantó que este proceso podría evacuarse en entre seis y siete meses. El proceso de selección y designación tendrá un presupuesto referencial de $ 160.000.

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En este nuevo concurso se tratará de designar a diez jueces para las salas especializadas de la CNJ: tres para la Sala de lo Contencioso Administrativo, uno para la Sala de lo Contencioso Tributario, tres para la Sala de lo Penal, dos para la Sala de lo Civil y Mercantil y uno para la Sala de Familia, Niñez y Adolescencia.

Se prevé que las postulaciones se reciban a través de la plataforma tecnológica habilitada en www.funcionjudicial.gob.ec desde las 00:01 del 5 de abril hasta las 23:59 del 16 de abril próximo. Para consultas e inquietudes, la Judicatura habilitará el correo electrónico concurso.cortenacional.funcionjudicial.gob.ec. De esta forma, se explicó, se respetarán los principios de transparencia, publicidad e independencia con el objetivo de entregar al país jueces y concursos aprobados.

La semana pasada, los aspirantes a jueces de la Corte Nacional accedieron a una inducción sobre la fase de postulación. Durante la inducción se habló sobre el manejo y el uso de la plataforma tecnológica que se usará en la fase de postulación del concurso público para la selección y designación de jueces y conjueces del órgano más alto de justicia ordinaria. En este concurso podrán participar abogados en el ejercicio, integrantes de la comunidad jurídica, servidores judiciales y otros quienes estén interesados en postular a uno de los cargos en la CNJ.

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Además, para garantizar la transparencia del proceso de selección, el CJ cree que es necesario que un comité de expertos acompañe el desarrollo del concurso. Por ello, se conformará un comité de expertos que actuarán en las diferentes fases del proceso. Los profesionales del derecho que pueden participar en el comité son exjueces de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Nacional de Justicia, profesionales, académicos y docentes universitarios nacionales y extranjeros.

Quienes estén interesados en ser parte de esta comisión deberán acreditar, dependiendo de a qué grupo pertenezcan, los mismos requisitos para ser jueces de la Corte Nacional, formación académica de cuarto nivel, quince años de ejercicio profesional y no registrar sanciones disciplinarias, acreditar al menos diez años de docencia en ciencias jurídicas.

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Los interesados deben acreditar, además de los requisitos establecidos en el artículo 48 de la resolución de 2024, conocimientos solventes en una o varias asignaturas en materias generales, como derecho procesal, derecho constitucional, derechos humanos, género, institucionalidad, documentación jurídica; en materias específicas, como contencioso administrativo, contencioso tributario, penal, laboral, civil y mercantil, familia, niñez, adolescencia y adolescentes infractores.

Requisitos que deberán cumplir los postulantes:

1. Ser ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos políticos y de participación política; tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país.

2. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogado, la judicatura o la docencia universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de 10 años.

3. No encontrarse inmerso en las inhabilidades definitivas previstas en los artículos 10 y 49 de la Ley Orgánica del Servicio Público y numerales 2 y 6 del artículo 77 del Código Orgánico de la Función Judicial.

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4. Presentar la declaración juramentada, ante notario público, con las especificaciones que se detallan en el artículo 37 de la Resolución n.° 064-2024 del Consejo de la Judicatura.

Suspendido concurso de elección de jueces hasta que el Consejo de la Judicatura resuelva reclamos

Los aspirantes deberán acreditar, mediante la respectiva documentación, su formación académica, experiencia laboral y profesional; capacitación recibida, capacitación impartida, publicaciones, puntaje adicional de méritos y acciones afirmativas. (I)