Las revelaciones hechas por la Fiscalía General del Estado en las últimas semanas en las investigaciones de los casos Purga y Metástasis han puesto en evidencia el nivel de corrupción que infecta la justicia de nuestro país. Si bien es cierto que todavía existen jueces preparados y honestos, lo cierto es que todos los abogados litigantes del Ecuador sabemos demasiado bien que acudir al sistema judicial es jugar una suerte de “ruleta rusa”, donde existe un verdadero peligro de quedar a merced de estas mafias de terno y corbata. Afortunadamente para todos los ciudadanos honestos, existe una forma de escudarse de este peligro. Hoy en mi columna violaré una regla cardinal de la abogacía y les daré un consejo legal gratuito que les puede evitar el vía crucis de acudir ante los tribunales. Hoy les hablaré sobre el arbitraje.

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El arbitraje es uno de los llamados “métodos alternativos de resolución de conflictos”, donde una disputa no es resuelta por un juez ordinario, sino por un experto en derecho denominado “árbitro”. Los árbitros que pertenecen a los centros de arbitraje prácticamente siempre tienen una reputación intachable y tienden a ser más preparados que la mayoría de los jueces. Dicho de forma sencilla: al utilizar este mecanismo la persona está prácticamente garantizada en que su caso será resuelto por una persona honesta y preparada. Más aún, la ley ecuatoriana reconoce a las decisiones tomadas por los árbitros, denominados “laudos”, la misma fuerza que una sentencia de última instancia, es decir, sin la posibilidad de apelación, por lo que sus decisiones son incluso más robustas que las sentencias comunes y corrientes, y los procesos arbitrales son generalmente más cortos y expeditos que los juicios ordinarios.

(...) es importante cerciorarse de que la cláusula arbitral esté bien redactada, pues de lo contrario podría no surtir efecto.

La forma de acceder a este sistema alternativo es muy sencilla, les explico. Al momento de redactar un contrato se debe añadir lo que se conoce como una “cláusula arbitral”, la cual indica que las partes acordaron que las disputas relacionadas a ese contrato serán resueltas mediante arbitraje y no por la justicia ordinaria.

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Esa cláusula también indica quiénes serán los árbitros, o qué centro arbitral será el encargado de dirigir ese arbitraje. Así, mediante la inclusión de esta sencilla cláusula, cualquier disputa futura queda excluida de la justicia ordinaria, evitando a futuro todos los problemas asociados con litigar en nuestro problemático sistema de justicia.

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Sin embargo, pese a lo efectivo que es el arbitraje, es necesario tener algunas cosas en mente antes de decidir añadir una cláusula arbitral a un contrato. Para empezar, existen ciertas materias que no son “arbitrables”, es decir, que no pueden ser objeto de arbitraje. Igualmente, es importante saber que la justicia arbitral no es gratuita, sino que los centros arbitrales usualmente cobran lo que se denomina una “tasa arbitral”. Finalmente es importante cerciorarse de que la cláusula arbitral esté bien redactada, pues de lo contrario podría no surtir efecto. Por estas razones, es altamente recomendable asesorarse con abogados especialistas antes de incluir una cláusula arbitral en un contrato. (O)