El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó el recurso con el que se buscaba anular la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que prohíbe tomar fotografías de la papeleta electoral en los comicios de segunda vuelta del 13 de abril.

La impugnación fue presentada por el abogado Manuel Vite el pasado 17 de marzo, pero fue archivada el martes por el juez Joaquín Viteri debido a que Vite no completó ni aclaró su denuncia en contra de la disposición del CNE.

El 18 de marzo, el juez Viteri le dio a Vite dos días para que especifique de forma clara y precisa cuál era el acto o resolución contra la cual estaba recurriendo, con señalamiento de la persona u órgano que emitió el acto o resolución y la identidad de a quien se le atribuye su responsabilidad.

Además, le pidió que detalle cuáles eran “los agravios que ha sufrido y preceptos legales que estime le han vulnerado”, se señala en la resolución del TCE.

Según la normativa, el incumplimiento por parte del denunciante del pedido del juez en el plazo establecido desemboca en el archivo de la causa.

El pasado lunes, el juez Viteri pidió a la secretaría del TCE que certifique si Vite había presentado algún documento, pero la respuesta fue negativa, por lo que dispuso que la impugnación sea archivada.

El CNE tomó la resolución que prohíbe tomar fotografías de la papeleta con base en un pedido realizado por el gobierno del presidente y candidato Daniel Noboa, y que se sustentó en informes elaborados por las Fuerzas Armadas y la Policía.

El 13 de abril se producirá el balotaje para la definición de presidente y vicepresidente de la República para el periodo 2025-2029, que se disputan los candidatos Luisa González Alcívar, de la alianza correísta Revolución Ciudadana (RC) y Renovación Total (RETO) listas 5-33; y, Daniel Noboa Azín, actual presidente y candidato de Acción Democrática Nacional (ADN) lista 7.

Para ese día el Consejo Nacional Electoral (CNE) dispuso el cumplimiento de una medida que impedirá el uso de los teléfonos celulares a los electores, esencialmente, cuando se acerquen a la Junta Receptora del Voto para sufragar por el candidato de su preferencia.