Una vez que el Tribunal de la Corte de Justicia de Pichincha, de forma unánime, resolvió desechar la apelación interpuesta por el exvicepresidente Jorge Glas, respecto al beneficio de prelibertad, queda en firme la sentencia de la jueza de Garantías Penitenciarias de Pichincha Melissa Muñoz, quien negó el pedido de prelibertad hecho por Glas y dispuso la localización y captura del líder del correísmo al haber incumplido las medidas cautelares que lo mantuvieron bajo “libertad provisional”.

El 28 de diciembre pasado, Muñoz negó el pedido de prelibertad, porque no cumplía uno de los ocho requisitos previstos por la legislación para acceder a ese beneficio. En la evaluación de las actividades que debía cumplir dentro de los centros penitenciarios en los que estuvo se necesitaba una nota mínima de cinco puntos de un total de diez, que no logró, según se dijo en el fallo.

En esta ocasión, la tarde del viernes 8 de marzo pasado, la Sala de Apelación, integrada por los jueces Carlos Figueroa (ponente), Fabián Fabara y Miguel Narváez, consideró que no es procedente conceder la garantía penitenciaria de prelibertad solicitada por Jorge Glass Espinel y por tanto desechó la apelación interpuesta, confirmando la decisión de negar esa garantía a la que llegó la jueza Muñoz. La decisión de los jueces provinciales se dio a conocer en la reinstalación de la audiencia, el 28 de febrero pasado.

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El Tribunal desechó el pedido de Glas explicando que el Código de Ejecución de Penas establece que para la concesión de la prelibertad los internos deberán acreditar el hallarse en un centro de mínima seguridad o secciones equivalentes, haber cumplido cuando menos las dos quintas partes de la pena impuesta, es decir, un 40 % y haber obtenido el informe favorable del equipo técnico y de diagnóstico.

“En el caso que nos ocupa, por los antecedentes del mismo expediente que nos llega en alzada, encontramos que la persona solicitante obtuvo con anterioridad su libertad por medios jurídicos que obviamente no son sino antecedentes para esta exposición, pero que obtuvo su libertad mediante otros medios jurídicos. Esta condición o este punto en específico nos hace entender que se está pretendiendo obtener la libertad para salir de un centro de privación de una persona que al momento no se encuentra interna en ninguno de los centros de privación de libertad que establece el sistema penitenciario ecuatoriano”, explica el Tribunal en su sentencia para asegurar que era inoficioso analizar los dos otros requisitos para la prelibertad.

Básicamente los integrantes del Tribunal entendieron que Glas no podía solicitar prelibertad, siendo que él desde el 28 de noviembre de 2022 estaba fuera de la cárcel al concederle una “libertad provisional” como parte de una medida cautelar autónoma otorgada por el entonces juez de Santo Domingo de los Tsáchilas Emerson Curipallo, hoy uno de los 39 procesados en el caso Metástasis.

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Quito 28 de noviembre del 2022. A finales de noviembre de 2022, el exvicepresidente Jorge Glas dejó la Cárcel 4 luego de recibir medidas cautreoares autónomas que incluían una "libertad provisional". API / DANIEL MOLINEROS Foto: API

La jueza Muñoz recordó en su sentencia de diciembre pasado que el juez Curipallo otorgó a Glas unas medidas cautelares autónomas, que incluyeron una “libertad provisional” en la que se aclaró que la disposición estaría vigente hasta que se resuelva el pedido de prelibertad o un juez de garantías penitenciarias emita una decisión contraria. Como el recurso de prelibertad fue negado, Muñoz dispuso la localización y captura de Jorge Glas, para que cumpla lo que le resta de la pena unificada de ocho años.

Jorge Glas desde el 17 de diciembre pasado se encuentra en la Embajada de México, en Quito, como huésped. Él ha solicitado a ese país asilo político y aún no hay una respuesta sobre el tema, pese a que autoridades han dicho que aún analizan los hechos que rodean a este caso para poder pronunciarse. Su ingreso en esa delegación diplomática le hizo dejar de cumplir las medidas de presentación dispuestas por Curipallo, lo que generó que el juez que ahora tiene la causa disponga la ubicación y detención del binomio presidencial de Rafael Correa.

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Judicatura acepta renuncia de Emerson C., quien como juez ordenó la libertad provisional de Jorge Glas y está procesado en el caso Metástasis

Glas también es procesado en el caso denominado Construcción de Manabí, en el que se investiga el delito de peculado. Desde el 5 de enero pasado existe abierta una instrucción fiscal contra él por sus intervenciones como exvicepresidente y expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo; Carlos Bernal al haber sido secretario del Comité para la Reconstrucción de Manabí; y Pablo Ortiz por sus actuaciones como gerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico.

En esta causa la Fiscalía investiga un supuesto abuso de dineros públicos que los ecuatorianos entregaron para enfrentar la emergencia en todas las zonas gravemente afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. Se entiende que los recursos no fueron invertidos en obras prioritarias para la población, sino más bien se dio viabilidad a obras para poder beneficiar con contratos a empresas relacionadas con los procesados.

Hace pocas semanas, de forma unánime, un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) negó la apelación a la medida cautelar de prisión preventiva que solicitó dentro del caso Reconstrucción de Manabí el exvicepresidente Glas. En esa misma audiencia, en relación con Carlos Bernal los integrantes de la Sala Penal decidieron declarar en abandono el recurso, debido a que su defensa no asistió a tiempo a la instalación de la diligencia. (I)