La probidad no es solo una virtud personal, sino también un requisito contemplado en la Constitución que deben acreditar quienes ocupan cargos en el Estado. Sin embargo, en la práctica se reduce a lo que dictan las decisiones de los vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), que son quienes deciden quién llega a ocupar una función.















