La mandataria Dina Boluarte dio a conocer que tras el Consejo de Ministros se tomó la decisión de declarar un estado de emergencia por la situación migratoria que afronta ese país.

La declaratoria busca aumentar el control de los ciudadanos extranjeros.

“Se ha aprobado un decreto supremo que declara el estado de emergencia en la zona de frontera de los departamentos de Tumbes, Piura, Cajamarca, Amazonas, Loreto, Madre de Dios y Tacna”, anunció Boluarte en referencia a todas las regiones peruanas que tienen frontera, a las que se suma Puno, donde ya rige ese régimen de excepción debido a las protestas.

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En su intervención, la mandataria señaló que se permitirá la ejecución de operaciones militares focalizadas para el control de las fronteras y así mantener el orden interno junto con la Policía.

Una segunda acción que se tomó fue el reformar el Reglamento de la Ley de Migraciones para que así se regularice a los migrantes que ingresaron sin control.

“Esta medida nos permitirá regularizar e identificar a las personas extranjeras que se encuentran en situación irregular e incentivar la formalidad en el control migratorio y mercado laboral”, dijo en declaraciones recogidas por el portal Gestión.

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De igual manera mencionó que también se promueve la actualización de datos para quienes entraron de manera regular pero hoy son considerados irregulares, hay una exoneración de multa.

La mandataria anunció que el Ejecutivo planteará al Congreso una “reforma constitucional para autorizar la intervención de las Fuerzas Armadas en las zonas de frontera”.

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“Se trata de la modificación del artículo 165 de la Constitución, para que las Fuerzas Armadas presten apoyo de manera permanente en la vigilancia y el control de nuestras fronteras”, insistió la jefa de Estado.

Por su lado, el ministro de Defensa, Jorge Chávez, señaló que el objetivo de la declaratoria de emergencia en las zonas fronterizas es “evitar el ingreso de manera irregular e ilegal” al territorio nacional.

Durante el estado de emergencia, quedan restringidos o suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales. (I)