La jubilación es uno de los derechos laborales de los afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social siempre y cuando cumplan con los requisitos de edad y número de aportaciones.

Los trabajadores que tengan al menos 60 años y 30 años de aportaciones pueden acceder a la jubilación. Si una persona muere después de jubilarse, sus familiares inmediatos pueden heredar el pago de la jubilación.

Estas son las distintas jubilaciones a las que puedes acogerte en Ecuador

Pero ¿qué pasa cuando una persona muere antes de jubilarse? Según el IESS, si un trabajador fallece sin estar en goce de la pensión jubilar los herederos no tendrán derecho a la compensación económica por jubilación.

Publicidad

Lo que sí se puede recibir es la pensión de montepío, dirigida a los familiares del afiliado activo fallecido que al momento de su muerte tuvo abonadas por lo menos (60) imposiciones mensuales (5 años de aportes) o que se encuentre dentro del periodo de protección del seguro de muerte.

En cambio, el IESS procederá a la devolución de los aportes personales realizados por el afiliado al Seguro de Pensiones cuando a la fecha de su fallecimiento no completó al menos 60 imposiciones (5 años de aportes) o no estuvo cubierto por el periodo de protección para tener derecho a pensiones de montepío

La acción del pedido de la devolución de aportes caduca en cinco años (5) años, contados desde la fecha del fallecimiento del asegurado.

Publicidad

Cómo puedo mejorar el valor que cobro por pensión en el IESS

Quiénes son los beneficiarios de la pensión de montepío

  • Viudas, viudos o convivientes
  • Hijos o hijas menores de 18 años o mayores con incapacidad para trabajar
  • Madre
  • Padre incapacitado

¿Cómo puedo saber cuánto tiempo me falta para jubilarme por el IESS?

Sin embargo, finalizará su derecho a recibir la pensión cuando cumplan alguna de estas condiciones:

  • Cuando el beneficiario de pensión de viudez contrae matrimonio o se comprueba la unión libre.
  • Cuando el beneficiario de pensión de orfandad no está incapacitado para el trabajo y cumple 18 años de edad.
  • Cuando el beneficiario de pensión de orfandad mayor de edad recupera la capacidad para el trabajo o cuando cambian favorablemente las condiciones económicas
  • Cuando la madre o padre incapacitado para el trabajo cambian favorablemente las condiciones económicas.

(I)