El verbo plagiar es muy conocido por su primera acepción: ‘copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias’. El plagio, que es la ‘acción y efecto de plagiar’, constituye un delito contra la propiedad intelectual.
Este ilícito sucede cuando al hacer citas directas o indirectas (frases textuales o paráfrasis) no se mencionan los datos de sus autores y tampoco se incluyen en la lista de referencias bibliográficas.
Los significados segundo y tercero se refieren a las acciones de ‘comprar a un hombre libre y retenerlo en servidumbre’ y ‘utilizar un siervo ajeno como si fuera propio’. Estos hechos son inusitados en la actualidad, pues sucedían en la época de los antiguos romanos.
El uso de plagiar como sinónimo de ‘secuestrar’ está en la cuarta acepción. No es reciente, ingresó al diccionario académico en 1884 (siglo XIX): ‘apoderarse de una persona para obtener rescate por su libertad’. En la actualidad esta acepción tiene un par de cambios, pero su esencia se mantiene: ‘secuestrar a alguien para obtener rescate por su libertad’.
En síntesis, el sentido más conocido del verbo plagiar es ‘apropiarse de obras o creaciones ajenas, ya sea en fragmentos o de forma completa’. Pero también está muy extendido su empleo con el sentido de ‘secuestrar, raptar o retener a una persona para pedir dinero por su libertad’. (F)
FUENTES:
Diccionario de la lengua española, Diccionario panhispánico de dudas, Nuevo tesoro lexicográfico de la lengua española, Diccionario histórico de la lengua española (versiones electrónicas), de la Real Academia Española y la Asociación de Academias de la Lengua Española.