La expectativa por el arribo del principal sospechoso de la desaparición y muerte de María Belén Bernal, el exteniente de Policía Germán Cáceres, ha aumentado desde la noche de su detención, el pasado 30 de diciembre, en un poblado de Colombia.
Bernal ingresó a una escuela policial el pasado 11 de septiembre de 2022, diez días después su cuerpo sin vida fue encontrado a pocos kilómetros del centro de formación.
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El presidente Guillermo Lasso, en una rueda de prensa brindada el lunes 2 de enero, dijo que no se puede informar sobre la fecha de traslado de Cáceres, por temas de seguridad. Pero, aseguró que será trasladado con todas las medidas de seguridad y que será puesto ante la autoridad competente para que enfrente a la justicia.
El exsubsecretario de Relaciones Exteriores, Carlos Estarellas, puntualizó que la figura legal para que Cáceres salga de Colombia no es la extradición, sino deportación. Esto, porque aparentemente entró de manera ilegal, con documentos falsos y una serie de anomalías establecidas en la ley colombiana.
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Además, recalcó que la deportación es más rápida, justamente porque se trata de la expulsión de alguien que ha ingresado violando las leyes migratorias colombianas. “Es un trámite más rápido y solo sería de cumplir lo que dicen las leyes colombianas, no se debería demorar mucho tiempo”, agregó.
El ministro del Interior, Juan Zapata dijo que es cuestión de horas para que Cáceres sea trasladado al país. Lo confirmó en una entrevista con Teleamazonas. Esto, dijo que se debe a que el fin de semana han mantenido una articulación exitosa entre la Fiscalía General del Estado de Ecuador y de Colombia, la Policía Nacional y Fuerzas Armadas de los dos países, entre otras autoridades que están en este proceso para el traslado.
“El presidente de la República me ha dado una disposición clara y yo he hecho lo mismo, nosotros somos hombres de principios. Cuando dimos la palabra de localizar y capturar a Germán Cáceres lo hicimos (…) con estas coordinaciones estamos avanzando tan bien que es cuestión de horas, hay la planificación debida de la salida, el traslado y el centro de retención en el que estará”, expresó.
Gladis Proaño, profesora de Derecho Penal y Criminología de posgrado de Uniandes, detalló que el hecho de que Colombia haya trabajado en la búsqueda y detención de Cáceres ya es la razón automática para que inicien el proceso de deportación.
Además, indicó que la Defensoría Pública tiene la obligación de presentar una defensa para el procesado, pero que tomando en cuenta el caso y lo mediático, solo harían un tema que demuestre que se llevó el debido proceso y no se vulneraron sus derechos.
También explicó que, en caso de tener una defensa legal particular, podrían ingresar algunos recursos establecidos en favor de refugiados o migrantes. Sin embargo, recalcó que la misma ley establece las condiciones para que alguien sea expulsado de un país.
Por ejemplo, citó la Ley de Migración, en la cual se procede con la deportación cuando una persona ha ingresado a un país sin la revisión policial o por lugares no autorizados, ser un delincuente común, o ser juzgado por un delito penado en dichos países, entre otros.
Por ello, Proaño indicó que en el caso de presentar recursos, el máximo para que se los desestimen y que sea trasladado al país sería en 72 horas, como fecha límite. Pero, en el caso de no ser así, en las próximas horas podría ser llevado al país.
Roberto Calderón, analista jurídico y político, señaló que Colombia prevé un mecanismo de expulsión para ciudadanos extranjeros. Está establecido en el decreto 1067 del 2015 en el artículo: 2.2.1.13.2.2 en donde figuran las causales para que un ciudadano pueda ser deportado. Por ejemplo, citó cuando existan informaciones de inteligencia que indiquen que representa un riesgo para la seguridad nacional, el orden público, la seguridad pública o la tranquilidad social.
“Esto quiere decir que acogiéndose a dicho informe de inteligencia interna, es una decisión soberana que puede operar sobre el ciudadano extranjero que se encuentra en Colombia”, agregó.
Sobre el lugar al que debe ser trasladado Cáceres, el ministro dijo, esta mañana, que no se puede revelar el mismo. Gladis Proaño argumentó que en este caso es una persona procesada, pero no se ha establecido una fecha de audiencia, en este caso quien tiene que definir es un juez de garantías, quien detallaría en un escrito que “una vez detenido será trasladado a tal centro de retención”.
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En caso de no existir este escrito, dijo que es potestad del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) definir el lugar después de haberlo analizado, “porque el Estado tiene la obligación de precautelar la seguridad de las personas que son detenidas”. (I)