El exvocal del Consejo de la Judicatura (CJ) Xavier Muñoz, procesado en el caso Independencia Judicial, busca que al reconocer su responsabilidad y participación en el delito de obstrucción de la justicia investigado se le beneficie con una reducción de una pena definida en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la cual va de los cinco a los siete años de cárcel.

Muñoz, luego de entregar su testimonio anticipado en la causa que es investigado junto con sus compañeros del pleno de la Judicatura Wilman Terán, hoy expresidente del CJ; Maribel Barreno, también exvocal, y otros diez funcionarios y exfuncionarios del Consejo de la Judicatura, solicitó acogerse al procedimiento abreviado para así pueda acceder a una pena reducida.

Para la Fiscalía, Muñoz, Barreno y Terán son autores directos de obstrucción de la justicia definido en el artículo 270.1, numeral 3, del vigente COIP. Esta normativa prevé penas de entre cinco a siete años y multa de 24 a 40 salarios básicos unificados del trabajador en general.

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Aclara que la obstrucción de la justicia tiene que ver con la persona que, mediante el uso de fuerza física, amenazas o intimidación, o la promesa, el ofrecimiento o la concesión de un beneficio, en todo tipo de procesos judiciales, ejecute conductas como la contenida en el numeral 3 del artículo 270.1, es decir, que interfiera ilegítimamente en la libertad de actuación de jueces y fiscales.

Precisamente la fiscal general, Diana Salazar, en el caso bautizado como Independencia Judicial investigó por 120 días a trece personas que habrían tenido que ver con actos que condujeron a evitar, mediante sanciones de suspensión y destitución, que el entonces juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Walter Macías no siga frente a casos como Las Torres, en el que uno de los sentenciados es el excontralor Pablo Celi, y el relacionado con un tráfico de influencias que tenía que ver con los hoy exvocales Barreno y Juan José Morillo y el exjuez de Pichincha Vladimir Jhaya.

El procedimiento abreviado y la propuesta de condena para Muñoz deberá llegar de parte de la Fiscalía ante el conjuez nacional Julio Inga. Además deberán estar presentes en la audiencia los abogados de la Procuraduría General del Estado, del Consejo de la Judicatura y el hoy exjuez nacional Walter Samno Macías Fernández, quien actúa como uno de los acusadores particulares.

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El artículo 635 del COIP señala que el procedimiento abreviado, el cual es calificado como un procedimiento especial, deberá sustanciarse de conformidad con reglas como, por ejemplo, que las infracciones sancionadas con pena máxima privativa de libertad de hasta diez años son susceptibles de procedimiento abreviado, excepto en delitos de secuestro, contra la integridad sexual y reproductiva, extorsión, en caso del delito de violencia sexual contra la mujer o miembros del núcleo familiar, actividades ilícitas de recursos mineros, abigeato con violencia.

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Además la norma define que la propuesta del fiscal podrá presentarse desde la audiencia de formulación de cargos hasta la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, aclarando que la persona procesada deberá consentir expresamente tanto la aplicación de este procedimiento como la admisión del hecho que se le atribuye. El defensor acreditará que la persona procesada haya prestado su consentimiento libremente, sin violación a sus derechos constitucionales y en ningún caso la pena por aplicar podrá ser superior o más grave a la sugerida por la fiscal.

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El conjuez Inga convocó inicialmente para este martes 18 de junio a la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio en el caso Independencia Judicial. Antes de instalarse esta diligencia se deberá resolver el pedido de Muñoz, lo que significa que se le realizará un juicio corto que finalizará con una sentencia.

Desde la Corte Nacional se confirmó que este martes 18 de junio únicamente se dará la audiencia relacionada con Muñoz y la de evaluación y preparatoria de juicio se instalará el proximo jueves 20 de junio, desde las 17:00. (I)