Si no lo van a designar como titular de la Superintendencia de Bancos, que se le reconozcan los salarios que no percibió desde enero del 2025 hasta el 2027. Ese es el pedido de Raúl González Carrión a la Corte Constitucional (CC), en el marco de un conflicto político por su elección que se produjo en el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y que tiene inquietos a sus siete consejeros ante la posibilidad de ser sancionados.
“(...) amerita que la Corte Constitucional se pronuncie modificando el punto 61 de su sentencia (...). O en su defecto que se le otorgue a favor del hoy accionante una medida de naturaleza económica equivalente acorde a su remuneración que hubiera percibido desde su periodo de inicio y fin de su cargo, contados desde fecha, 22 de enero de 2025 hasta el 11 de agosto de 2027″, es la petición de González a los jueces constitucionales.
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Raúl González interpuso una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional (CC) en contra de una acción de protección que se tramitó en los tribunales de la Corte Provincial de Justicia del Guayas que anularon su designación como autoridad de la Superintendencia de Bancos.
Él fue postulado en una terna que envió el expresidente de la República Guillermo Lasso Mendoza y el Consejo de Participación Ciudadana lo eligió el 20 de julio de 2022 y la Asamblea Nacional lo posesionó en agosto de ese año.
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Pero no ejerció porque el régimen de Lasso no se lo permitió y, en paralelo, una mujer que se dijo afectada en sus derechos y los del pueblo ecuatoriano, Michelle Guerra de Andrés, puso una acción de protección con la que se anuló la elección de González.
Guillermo Lasso envió una nueva terna y se eligió a Roberto Romero von Buchwald el 3 de diciembre de 2022; pero la Asamblea no lo posesionó y él desistió de la nominación.
El actual mandatario, Daniel Noboa Azín, integró a Romero en la terna y el CPCCS lo eligió el 4 de diciembre de 2024.
Al siguiente día, el 5 de diciembre, la Corte publicó su sentencia en el caso de González, en la que aceptan parcialmente el recurso. Declararon que en primera y segunda instancia se vulneró el derecho a la seguridad jurídica al desnaturalizar la acción de protección.
La dejaron sin efecto y la archivaron. No obstante, se aclaró que su fallo “no tiene la potencialidad de afectar ninguna situación jurídica que se haya consolidado sobre los nuevos procesos de selección de la primera autoridad de la Superintendencia de Bancos”.
Es decir, la de Roberto Romero.
Pero en el CPCCS, cuatro de siete consejeros: Augusto Verduga, Nicole Bonifaz, Yadira Saltos y Eduardo Franco, acogieron ese párrafo para —en una sesión del 22 de enero de 2025— restituir a González como superintendente bajo la interpretación de que su designación era la “consolidada”, ya que fue posesionado por la Asamblea.
Los consejeros Andrés Fantoni, Johanna Verdezoto y Jazmín Enríquez votaron en contra de esta iniciativa que se aprobó por una moción de Verduga.
En ella se “ratificó” a Raúl González para que sea superintendente desde el 11 de agosto de 2022 hasta el 11 de agosto de 2027; y, cuando se termine su periodo, se “ratificó” a Roberto Romero para que asuma desde el periodo 2027 - 2032.
Esta interpretación motivó a la Corte Constitucional a iniciar la fase de seguimiento al cumplimiento de su sentencia, en la que evaluará su ejecución y la actuación de los siete vocales del CPCCS y si hubo incumplimiento o no.
Hasta la medianoche de este lunes, 27 de enero, les dieron plazo para que presenten sus pruebas de descargo.
Raúl González ingresó su escrito en el que defendió la resolución de los consejeros de mayoría que ratificaron su designación en ese cargo y solicitó a los jueces tener en consideración que esa resolución reconoce que él ejercerá funciones por un periodo de cinco años contados desde el 22 de enero de 2025 (cuando el CPCCS lo ratificó) hasta el 11 de agosto del 2027.
La Corte ya se pronunció ante una primera pretensión de González de que se lo nombre oficialmente superintendente y negó ese pedido en un auto de aclaración y ampliación.
En ese documento, emitido el 24 de enero de 2025 y que fue solicitado por González, los magistrados señalaron que no hay nada que aclarar y que “no hay nada que ampliar sobre la solicitud de las medidas de reparación”. (I)