La Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional suspendió el trámite del juicio político al juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) Fernando Muñoz Benítez, por encontrarse en periodo electoral para la organización de las elecciones generales de febrero del 2025.

El asambleísta correísta de la Revolución Ciudadana (RC) Roberto Cuero presentó una solicitud de enjuiciamiento político en contra del juez electoral Fernando Muñoz, por presunto incumplimiento de funciones, que se evacuará cuando el TCE no se encuentre en periodo electoral.

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En la víspera está en curso la preparación de los comicios para la elección de binomio presidencial, asambleístas y parlamentarios andinos previstas para el 9 de febrero del 2025.

La Comisión de Fiscalización sesionó la mañana de este 29 de diciembre de 2024 para calificar el procedimiento, cuyo informe técnico elaborado por la Unidad Técnica Legislativa (UTL) confirmó que se cumplieron los requisitos para ser tramitado, como contar con 39 firmas de los asambleístas.

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Sin embargo, se advirtió a los comisionados que el Código de la Democracia, en el tercer inciso del artículo 19 dispone que “la Función Legislativa no podrá designar reemplazos de funcionarios electorales destituidos por juicio político y estará impedida de iniciarlo (un juicio político) una vez que se hubiere efectuado la convocatoria al proceso electoral y hasta que este concluya con la proclamación de resultados”.

Con ello, con nueve votos a favor de los integrantes de la mesa legislativa se resolvió suspender la sustanciación de esta interpelación.

Este domingo, la Comisión también aprobó un informe de investigación de las actuaciones de los funcionarios de las entidades del Estado sobre las denuncias públicas de los servicios de telefonía e internet móvil, así como de precios excesivos de comercialización de generadores eléctricos y otros dispositivos que permitan almacenar energía, durante los apagones programados por el gobierno de Daniel Noboa Azín, entre octubre y diciembre.

El informe se aprobó con siete votos de los asambleístas y dos abstenciones y se enviará a la presidencia de la Asamblea Nacional para su conocimiento y resolución en el pleno.