La noche del 28 de noviembre, el presidente de la República, Daniel Noboa, sorprendió al emitir el Decreto Ejecutivo 37, en el cual dispuso que se realicen estudios y análisis necesarios con el fin de determinar el procedimiento para la extinción y liquidación de la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO).

Dicha entidad fue creada en 2015 en el gobierno de Rafael Correa y en 2023 ha estado en el centro de las críticas por los presuntos actos de corrupción que involucrarían al extitular de la empresa pública, Hernán Luque Lecaro, nombrado por el expresidente Guillermo Lasso.

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El actual presidente del directorio de EMCO, Jorge Benavides, explicó cómo se llevará a cabo la orden del decreto firmado por Daniel Noboa. Además, habló de las condiciones que presentan varias empresas públicas que entraron en liquidación en 2020.

¿Cuál es el proceso para la extinción y liquidación de EMCO?

El primer momento supone la expedición del Decreto Ejecutivo (número 37), en el que se dispone a la presidencia de EMCO y a EMCO llevar adelante los estudios para que, en el marco de la normativa, se proceda a la disolución y posterior liquidación. El documento que se va a entregar de aquí a un mes, hasta finales de diciembre, es esencialmente un estudio técnico-jurídico, teniendo como marco la Constitución y la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los distintos decretos ejecutivos que regulan a EMCO. Otro tema que es superimportante tenerlo claro es que EMCO no es lo mismo que la presidencia del directorio. EMCO, como empresa pública, es una más de las empresas públicas. Entonces, el primer momento es presentar ese informe jurídico, en cumplimiento del Decreto 37, para que sobre la base de ese documento el presidente de la República pueda expedir otro decreto ejecutivo procediendo ya a la disolución de la EMCO. Y luego viene el proceso de liquidación, en donde se establece la figura de un liquidador o liquidadora que deberá establecer activos, pasivos, derechos en litigio que no puedan ser resueltos hasta ese momento y se procede a la firma de una escritura pública para cerrar a la empresa. Hay dos temas importantes por recalcar: el primero es que las competencias que deje de tener EMCO tienen que pasar a otra entidad pública, ya se verá en su momento si es al ministerio rector o alguna otra entidad, porque hay esa función de coordinación que debe mantenerse; y el tema del personal, los funcionarios de EMCO son 58, con estas personas hay que hacer un proceso de evaluación.

¿Para el cierre de EMCO se requieren reformas legales o basta con decretos o acuerdos ministeriales?

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El decreto ejecutivo es suficiente para la creación y extinción de la empresa pública. Pero para la figura del presidente del directorio de EMCO ahí sí se requiere una reforma de la Ley Orgánica de Empresas Públicas. En la ley existen dos disposiciones: en una se señala que el que preside los directorios de las empresas públicas es el ministro rector del área, y en otra disposición se señala que quien preside las empresas públicas es el presidente del directorio de EMCO. Se tienen dos normativas en un mismo cuerpo jurídico, que tienen la misma jerarquía, pero por criterio de temporalidad se aplicaría la disposición que señala que el presidente de cada directorio de empresa pública es el presidente de EMCO.

¿Es decir que esa reforma debe pasar por la Asamblea?

La eliminación de la presidencia del directorio; no la eliminación de la empresa pública, porque son dos figuras distintas. Ese sería un procedimiento que está contemplado en la normativa porque la figura del presidente del directorio está establecida en la ley.

Mientras se lleva a cabo la liquidación de EMCO, ¿cómo quedan los directorios de las empresas públicas?

Por competencias normativas, EMCO mientras esté funcionando y no sea disuelta sigue trabajando normalmente. Es más, este rato ya hay pleno contacto con las distintas carteras de Estado para aprobar temas que tienen que ver con planes de negocios, planes estratégicos, presupuestos prorrogados del año 2024 y los informes trimestrales que presentan los gerentes de las empresas, que son los instrumentos que a EMCO le permiten medir el cumplimiento de las metas planteadas por los mismos gerentes.

¿Qué tiempo podría demorar todo el proceso?

En el ámbito de EMCO como tal, luego del informe que presentemos, eso se envía a la Presidencia de la República. Y ahí se emitirá, a criterio del presidente de la República, el decreto ejecutivo para la disolución de la empresa. Luego habrá la segunda fase que supondría la intervención de otras áreas del Estado. Por ejemplo, la Secretaría de Planificación, en el ámbito de las competencias; el Ministerio de Finanzas, sí suponen erogaciones presupuestarias. Ahí se medirá, en un trabajo coordinado con otras entidades, un plazo para llevar a cabo un cierre de acuerdo a la normativa, respetando las competencias, con transparencia y respetando los derechos de los funcionarios que son parte de EMCO.

El exsecretario Anticorrupción Luis Verdesoto dejó un informe con observaciones sobre la fuerte concentración de poder que tiene EMCO y riesgo de corrupción. ¿Se hizo algo con ese informe?

Diseños normativos perfectos no existen. Muchas de las veces el mal uso que hacen de las instituciones no es tanto por cómo están concebidas en sí mismas, sino por los funcionarios que están de paso y toman decisiones incorrectas (...) Yo creo que el diseño normativo no necesariamente es que concentra un montón de poder en la figura del presidente (de EMCO), porque los gerentes generales de las empresas públicas tienen autonomía económica, financiera, para tomar sus decisiones; autonomía administrativa. Los gerentes generales son los representantes judiciales y extrajudiciales, son los que llevan adelante todos los procesos contractuales. (Estos temas) suben a directorio (de la empresa pública) solo aquellos temas que se denominan de ordenador de gasto; es decir, aquellas cosas que no puede contratar directamente el gerente general. En el directorio de la empresa pública no solo es que está el presidente, sino también el ministro del área correspondiente, está un delegado del presidente (de la República), que puede ser el secretario de Planificación.

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¿El problema no es la estructura, sino las personas?

Yo creo que sí. Obviamente, los diseños normativos e institucionales siempre son discutibles, siempre son perfectibles y hay que establecer los mecanismos adecuados para poder establecer mayores controles. Pero en sí mismo como está organizado el tema de las empresas públicas nace desde la idea misma de la Constitución con esa visión central que tiene el Estado de administrar, de regular, de controlar y de gestionar las empresas públicas. Para establecer un gobierno corporativo, homogéneo, con parámetros y estándares para todas las empresas públicas, a través de directrices, es que surge esta entidad coordinadora que es EMCO.

¿En qué estado se encuentra la liquidación de las empresas públicas que empezó en 2020 y se ha venido prolongando?

Hay tres que están bastante avanzadas: Ferrocarriles del Ecuador, Medios Públicos y Correos del Ecuador. En estos tres casos supera el 90 % el proceso de liquidación. La más avanzada de todas estas es Ferrocarriles, que incluso ya habido alguna transferencia de bienes al ministerio rector de Transporte y Obras Públicas; este proceso de liquidación es superior al 90 % y creemos que en fechas próximas se pueda cerrar ese proceso.

¿Qué empresas tienen los procesos más rezagados?

Tame está complicado y también Fabrec. Fabrec tiene serios problemas. Hay un tema con la Empresa Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA), que incluso está judicializado. Y Tame, que siempre ha sido uno de los problemas más serios por el tamaño que tuvo la empresa; tiene más de $ 235 millones que debe a Petroecuador por (compra de) combustible. (I)