La Asamblea Nacional dio paso a que los siete vocales principales y suplentes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) estén habilitados a postularse a una de las dignidades de elección popular en los comicios generales del 9 de febrero de 2025.

En el Registro Oficial se publicó, el 21 de junio de 2024, la ley reformatoria a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que integró también reformas a la Ley del CPCCS.

Una de ellas elimina un artículo innumerado a continuación del artículo 35 que permite la participación de las autoridades en un proceso electoral inmediato.

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Ese artículo se incorporó en las reformas legales elaboradas a raíz de la consulta popular del 2018 en el gobierno de Lenín Moreno, en la que se modificó constitucionalmente la forma de elegir a los siete consejeros, para que sea por voto popular y no por concursos públicos.

Ese artículo innumerado establecía como una prohibición a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social que, “una vez que concluyan sus funciones como consejeros no podrán participar como candidatos en la inmediata elección seccional, para asambleístas y/o subsiguiente elección presidencial”.

Sin embargo, esta prohibición quedó derogada desde el viernes pasado, con la vigencia del articulado.

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El proyecto se tramitó en la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social y se aprobó en segundo debate el 20 de mayo.

El presidente de la República, Daniel Noboa Azín, objetó parcialmente varios de los artículos aprobados, los que fueron tratados el 4 de junio último en el pleno de la legislatura.

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Con esta reforma legislativa, los consejeros de Participación podrían candidatizarse a ser asambleístas, formar parte de un binomio presidencial o parlamentarios andinos en las elecciones generales del 2025 que organiza el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Actualmente, el CPCCS está conformado por Andrés Fantoni, Mishelle Calvache, Nicole Bonifaz, Johanna Verdezoto, Yadira Saltos, Juan Guarderas y Augusto Verduga.

Entre los suplentes en la lista de hombres están Eduardo Franco Loor, quien no acudió a la Asamblea Nacional a posesionarse del cargo, y Gonzalo Albán Molestina.

En el caso de las mujeres, fueron electas Jazmín Enríquez Castro, Vielka Párraga Macías, Piedad Cuarán, y por los pueblos y nacionalidades, Ángel Chela Llumiguano.

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El Código de la Democracia, en su artículo 93, señala que aquellos dignatarios de elección popular que se postulen para un cargo diferente deberán renunciar al que desempeñan antes de presentar la solicitud de inscripción de su candidatura.

A esto se articula el reglamento emitido por el CNE que dispone que la renuncia debería presentarse un día antes de que se produzca el registro de la postulación.

La norma del mencionado artículo no rige para los suplentes que “al momento de la inscripción de su candidatura no estén en el ejercicio de las funciones de principales; sin embargo, si participan para una dignidad diferente de la de su suplencia no podrán principalizarse durante el proceso electoral y automáticamente perderán su condición de suplente en el caso de ser electos”.

Entre otros cambios legales aprobados por la Asamblea, se dispuso que cada año lectivo o semestre todas las instituciones educativas del país realicen actividades para que los estudiantes se involucren en participación ciudadana.

Deberán implementarse en las mallas curriculares una materia sobre valores, cívica, participación y los contenidos de la Constitución.

Adicionalmente, se incluyeron cambios en temas como las audiencias públicas y las veedurías ciudadanas.

Por ejemplo, sobre las audiencias públicas se ordena que las autoridades del Estado que atiendan un pedido de la ciudadanía deben responderlo en un término de diez días; o, si llegaron a acuerdos, las acciones tendrán que ejecutarse dentro de los seis meses.

El desarrollo de estas audiencias públicas estuvo en debate en junio del 2023, cuando en el CPCCS un colectivo llamado Acción Jurídica Popular promovió una interpelación a la titular de la Fiscalía General del Estado, Diana Salazar, y la acusaron de incurrir en delitos penales y de supuesto plagio.

En cuanto a las veedurías ciudadanas, los legisladores resolvieron que los informes de observación que se hagan en el seno de estas instancias y sean conocidos por el CPCCS, en los que se involucre el uso indebido de recursos públicos, serán enviados a la Contraloría General del Estado para su análisis. (I)