Por 144 días, Alembert Vera Rivera fue vocal y presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), hasta que este 6 de octubre de 2023 fue destituido de sus funciones por disposición de la Corte Constitucional.

El 15 de mayo, él y otros seis vocales electos en los comicios del 5 de febrero iniciaron funciones en el CPCCS y fue designado presidente por mayoría.

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Desde entonces impulsó dos acciones bajo el cobijo de la participación ciudadana: revisar el expediente del concurso público con el que se eligió a la titular de la Fiscalía General del Estado, Diana Salazar, en abril del 2019; y, dar paso a la formación de una veeduría ciudadana que revise el concurso público con el que se eligió a los jueces de la Corte Constitucional (CC) también en el 2019.

Los dos procesos los hizo el extinto CPCCS de transición que presidió Julio César Trujillo (+).

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Esto ocurrió pese a la vigencia de un dictamen interpretativo de mayo del 2019 que suscribió la Corte Constitucional y que impide revisar las actuaciones del transitorio. Con ello, el 13 de septiembre, se inició la verificación del cumplimiento de dicho dictamen y concluyó que Alembert Vera lo incumplió y lo destituyó junto a Ismael Merizalde, quien era su coordinador jurídico.

Durante la evaluación que hacía la Corte, Alembert Vera solía realzar la actuación de la CC. «Conocemos de la capacidad jurídica de la mayoría de los jueces, de la mayoría o algunos de los jueces de la Corte. Siempre respetuosos», dijo en una ocasión.

Pero, al conocer que fue destituido por esos jueces, los tildó en un comunicado de despedida de «seudojuristas, académicos de papel, mercenarios de la verdad, asesinos de la democracia, secuaces vacunadores, políticos disfrazados de jueces inconstitucionales, herederos dignos del Trujillicidio, Corte extorsionadora, pusilánimes».

Les advirtió que «tienen una cuenta pendiente» no con él, sino con el país y que acudirá a instancias internacionales para demandar por su destitución.

En el auto de verificación, del 6 de octubre, los jueces exponen las contradicciones en el discurso y las actuaciones de Vera en estos cinco meses de su administración y los elementos de descargo que expuso en la audiencia pública del 25 de septiembre, antes de emitir su resolución.

Por ejemplo, se recoge una declaración del 30 de mayo en la que dijo: «El Consejo no puede revisar de oficio las designaciones realizadas por el CPCCS transitorio, pero la ciudadanía sí puede hacerlo porque es el primer y gran fiscalizador de la actuación pública, por mandato constitucional».

Esto demostró que «desde un primer momento tuvo claro que el CPCCS contaba con un límite para la revisión de los procesos del CPCCS transitorio. Sin embargo, promovió la inobservancia de ese límite a través de la activación de mecanismos de participación y control. Se verifica expresiones oficiales cuestionando el dictamen y calificándolo de arbitrario».

En la audiencia, Vera aseguró que no se realizó ninguna acción en contra de la fiscal Salazar, pero lo único que se hizo fue aprobar un informe de investigación por presunto plagio de textos de un artículo indexado con conclusiones sobre un presunto delito de tráfico de influencias.

Eso «permitió la revisión de documentos de calificación de los méritos de la fiscal y pese a ello, Alembert Vera negó estos hechos ante los jueces».

La formación de la veeduría ciudadana tuvo como antecedente una sentencia de un juez de Montecristi (Manabí), Leiver Quimis, que aceptó una acción de protección propuesta por Betty Moreira Marcillo, con la que se ordenó al Consejo crearla.

Vera dijo que debía cumplir esa acción y las áreas técnicas llevaron a cabo los procedimientos para conformarla.

Para la Corte, se «mantuvo posturas contradictorias», pues las actuaciones de los órganos administrativos del CPCCS no son aisladas de su autoridad, pues era su administrador.

El exvocal expresó a los jueces que «la postura institucional ha sido que no se dé paso a la veeduría», pero se constató que «no existió» una apelación al fallo de Quimis, pues fue la Procuraduría General del Estado la que apeló.

De tal modo, «la postura institucional fue totalmente contradictoria para defender la obligatoriedad del dictamen de la Corte».

Se observó que Vera no puso en conocimiento de la acción de protección a los demás consejeros y «únicamente lo puso en conocimiento de servidores subordinados a él para viabilizar su ejecución».

Otra frase que se recuerda es la del 30 de agosto, en la que subrayó: «(…) ya hemos sido notificados con esta sentencia, la cual es contundente respecto a la no limitación que tiene la ciudadanía para revisar los actos del poder público. Entonces, se va a dar paso de forma inmediata para la conformación e invitamos a toda la ciudadanía, los profesionales que en algún momento tuvieron que callar por miedo o por presión, que se sumen a esta veeduría para revisar los actos atroces cometidos por el trujillato»

QUITO (08-09-2023).- Alembert Vera, presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), durante una entrevista con El Universo, en su oficina, en el edificio sede del CPCCS, en Quito. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

Eso «confirmó la posibilidad de dar trámite a mecanismos de participación respecto de los actos del CPCCS transitorio, a los que catalogó como atroces».

Vera argumentaba que no intervenía en las fases administrativas para crear la veeduría, pero dijo a la Corte que conocía que las áreas técnicas iniciaron la etapa de convocatoria.

«Es decir, intentó justificar su falta de responsabilidad en el incumplimiento del dictamen con la inexistencia de un acto emitido por él o por el pleno, cuando a la vez afirmó que conoce que los servidores a su cargo se encuentran ejecutando la decisión judicial».

Luego, «contradiciendo» su argumento de la imposibilidad de desacatar al juez de Montecristi, el 27 de septiembre suspendió los plazos y términos para formar la veeduría y demostró que contaba con los mecanismos jurídicos para evitar que se incumpla el dictamen y decidió activarlos cuando se activó el cumplimiento del dictamen.

Vera «en ningún momento activó los mecanismos disponibles para absolver la supuesta antinomia» entre cumplir el dictamen y el fallo del juez de primer nivel y «lejos de evitar un posible desacato de la decisión de la Corte Constitucional» cumplió con la sentencia de la acción de protección.

«La conducta y las expresiones oficiales del presidente del CPCCS demuestran que no ofrece garantías de que no persistirá en sus intentos de incumplir con el dictamen y con ello desestabilización institucional», concluyeron los jueces en su auto aprobado con ocho votos y el voto salvado de Enrique Herrería.

Para los magistrados, el accionar del expresidente tuvo «profundos efectos en la estabilidad institucional y la independencia judicial como pilares fundamentales de la democracia».

Además, se cuestionó que su administración «modular» el objeto de la veeduría, cuando su «único objetivo era precisamente diagnosticar y evaluar las actividades del CPCCS transitorio», lo que a ojos de los jueces «encubren una manifiesta inobservancia» del dictamen.

Con su salida del cargo, Nicole Bonifaz proclamó su ascenso a la presidencia, ya que era la vicepresidenta, por lo que se convocará a una plenaria para la elección de un vicepresidente, para garantizar la paridad de género. (I)