El compartir abogado defensor con el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, le obligó al juez anticorrupción Jairo Alejandro García a presentar su excusa para continuar en conocimiento del denominado caso Triple A, proceso penal por el delito de almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de petróleo al que se le vinculará a diez personas más, entre las que está Alavrez.
El 7 de marzo pasado, el actual alcalde de Guayaquil presentó un escrito dentro del caso Triple A, en el que informaba al juez García que Diego Córdova sería su abogado en la audiencia de vinculación que estaba definida para este viernes, 14 de marzo. A partir de ese momento se generó un conflicto de intereses, pues el abogado Córdova era representante legal de García en un proceso disciplinario en el Consejo de la Judicatura (CJ) y en una investigación previa de tipo penal.
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“(...) El suscrito juez, observando el principio de seguridad jurídica, determinado en la norma normarum (art. 82), que establece: “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”por haberse comprobado que procede la causal de excusa (art. 572 numeral 10 del COIP), me excuso del conocimiento de la presente causa (...) No excusarme, constituiría una inobservancia de parte de este operador de justicia en cuanto al ordenamiento jurídico vigente y una posible afectación al principio de imparcialidad”, sostuvo el juez García en la providencia que da a conocer su excusa.
García en su análisis para presentar su excusa declara a “viva voz y bajo juramento de ley” que Diego Córdova Raza, quien ha sido autorizado en la causa conocida como Triple A por parte deAquiles Alñvarez, ciudadano que ha sido convocado a una audiencia de vinculación, ejerce su defensa técnica y jurídica en dos expedientes. El juez anticorrupción dejó en claro que el abogado Córdova ejerce su defensa técnica desde el mes de enero de 2025.
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“Por ende, se ha consolidado el presupuesto establecido en el causal número 10 del artículo 572 del (Código Orgánico Integral Penal) COIP, en concordancia con el artículo 22 numeral 10 del (Código Orgánico General de Procesos) COGEP (como norma supletoria), que preceptúa: artículo 572.: Causas de excusa y recusación.- Son causas de excusa y recusación de los juzgadores, las siguientes: 10. Tener vínculo con las partes, la víctima o sus defensores por intereses económicos.
Pedidos de diferimiento de últimahora, entre ellos el de la defensa de Alvarez ante un tema médico, generó que el 5 de marzo pasado se difiera la primera convocatoria hecha para vincular a diez personas una instrucción fiscal abierta en diciembre de 2024.
La teoría que maneja el fiscal a cargo de la causa, Carlos Alarcón, de la Unidad de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, señala que en el caso Triple A se habría definido que existe una relación de las empresas investigadas con distribuidoras de combustible, entre las que se comercializaron, aparentemente de forma irregular, grandes cantidades de combustible sobre todo de diesel.
Según la Fiscalía, varias estaciones que adquirieron el combustible se encuentran en zonas fronterizas mineras, por lo que se presume que el diesel subsidiado habría sido desviado a otros segmentos, para los cuales no está destinado ese beneficio, lo que se habría provocado un perjuicio al Estado ecuatoriano.
Formalmente de la existencia del caso Triple A se conoció el 23 de julio pasado, cuando la Fiscalía informó que realizó de forma simultánea siete allanamientos en zonas de Guayaquil y Milagro, en la provincia del Guayas. Veintiún días después, el ente acusador quiso formular cargos a los primeros procesados, pero no fue hasta el 14 de diciembre de 2024 que lo logró, pues debió sortear tres diferimientos por cambios de defensa de los sospechosos, entre otras razones, y una audiencia declarada fallida.
A mediados de diciembre pasado, el juez anticorrupción García dispuso el inicio de una instrucción fiscal de 90 días contra Fernando V., José C., Lady C., Jessenia V. y Carolina T. y las personas jurídicas Fuelcorp S. A., Codepesa S. A., Corpalubri S.A., Ternape Petroleum S. A. e Indudiesel S. A. Para las personas naturales se dispuso la prohibición de salida del país y la presentación periódica dos días a la semana, mientras que para las empresas la prohibición de enajenar bienes y acciones.
Ahora, a la audiencia de vinculación, además de Aquiles Alvarez, la Fiscalía convocó a Juan Carlos A. T., Juan Dionisio A. S., Gloria María S. S., Rosa Marbella O. G., Édgar Moisés F. T., María Elisa C. E., Fausto Vinicio V. G., Olga Cecilia O. L. y Raúl Arnoldo Z. O. El pedido de vinculación se dio el 22 febrero pasado, un día después de que la Fiscalía realizó allanamientos en estaciones de combustible de El Pangui (Zamora Chinchipe), Cariamanga (Loja), y Machala, Santa Rosa y Pasaje (El Oro).
Confirmada la excusa, el juez anticorrupción remitió la causa y el respectivo expediente a la oficina de sorteos del Complejo Judicial Norte, para que se realice el trámite pertinente y se coloque al juez que reemplazará a García en el caso Triple A.
Aún no se ha emitido un pronunciamiento oficial respecto asi se suspende o continúa la diligencia de vinculación de viernes próximo. Todo dependerá delsorteo que se realice y del calendario de audiencias que tenga el juez a quien se le entregue el conocimiento de la causa. (I)