El conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Manuel Cabrera, la tarde de este lunes, 17 de marzo, declaró improcedente el pedido de revisión de la medida cautelar de prisión preventiva que pesa sobre el empresario llamado a juicio por el delito de delincuencia organizada en el caso Metástasis, Xavier J. Él es visto por la Fiscalía como prófugo de la justicia, pues en esta causa mantiene una orden de prisión preventiva que no ha cumplido al no ser detenido o entregarse voluntariamente.

“Este juzgador considera que no existe fundamento material y formal que permita considerar cumplidas las condiciones previstas (...) para la revocatoria de la medida cautelar de prisión preventiva, pues no se ha desvanecido las razones que motivaron su imposición, por el contrario, se ha verificado que las mismas se mantienen. En consecuencia, el pedido de Xavier J. M. a Javier resulta improcedente”. señaló en su resolución el magistrado nacional.

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En la diligencia, el conjuez Cabrera fue el único en acudir de forma presencial. La fiscal general del Estado Diana Salazar lo hizo vía telemática, al igual que el representante de la Procuraduría General del Estado, quien actúa como acusador particular, así como también el procesado Xavier J. y su abogado Juan Carlos Salazar.

La defensa de Xavier J. solicitaba que se le cambie a su cliente la orden de prisión preventiva que pesa sobre él desde enero de 2023 y en su lugar se imponga la presentación periódica en un consulado en Estados Unidos, país en el que se encuentra el empresario procesado en Metástasis o que se haga una presentación vía telemática ante la Fiscalía.

Según Salazar, su defendido tiene toda la intención de comparecer a la audiencia de juzgamiento, etapa procesal que en el caso de Xavier J. se mantiene en pausa al no estar detenido cumpleindo su medida de prisión preventiiva, pero mantiene una cita migratoria para marzo de 2027, la cual, señaló, no le permite a Xavier J. abandonar el territorio de Estados Unidos.  Además, el abogado incluyó un certificado policial que para ellos servía para reflejar que el procesado en Ecuador no tiene ninguna causa ante la justicia estadounidense.

“La presentación periódica puede ser presencial, si usted gusta, ante la oficina consular en Estados Unidos de Norteamérica y también puede ser vía telemática ante la Fiscalía, ante el órgano jurisdiccional. A fin de que podamos llegar hacia la audiencia de juicio y la audiencia de juicio puede pasarse con Xavier J. conectado telemáticamente. (...) Si es que la Fiscalía actuaría con objetividad no tendría reparo alguno en este petitorio. ¿Por qué? Porque ante una audiencia de juicio podremos, a través de la información cruzada, testimonio, examen, contraexamen, pericia, documento, demostrar efectivamente que Xavier J. no tiene ningún tipo de responsabilidad en un proceso que fue infamemente montado”, explicó Salazar.

Juan Carlos Salazar solictó al juez que, como derecho de última palabra, se permita que Xavier J., quien se encontraba conectado a la audiencia vía celular, hable ante la sala. El conjuez Cabrera no lo permitió, refiriendo que ese derecho de última palabra es para otro momento del proceso y no para una revisión de medida cautelar.

Para la fiscal general el pedido hecho por la defensa del procesado llamado a juicio en Metástasis no cumple con los fundamentos que requiere una revisión de medida cautelar. En torno a los documentos presentados y la cita migratoria en 2027, Diana Salazar resaltó que los mismos fueron apostillados el 25 de febrero de 2025, la fecha de aviso de la audiencia personal en Estados Unidos data del 2 de abril del 2024.

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Para la titular de la Fiscalía eso demuestra que Xavier J . jamás tuvo la intención de cumplir con lo dispuesto por la justicia ecuatoriana. “Resulta evidente que la defensa técnica del procesado Xavier J. lo único que pretende es tratar de utilizar este proceso migratorio que afronta en Estados Unidos como una excusa para no responder personalmente ante la justicia ecuatoriana”, anotó Diana Salazar.

Sobre los documentos presentados por la defensa de Xavier J. el juez refirió que la cita de inmigración en Estados Unidos y la certificación de no tener inconvenientes legales con la justicia de ese país, no cambian de ninguna manera la circunstancias que se encuentran constantes en el proceso o que el ciudadano se encuentre fuera del territorio nacional y por tanto al haber sido llamado a juicio sigue en calidad de prófugo.

“Es necesario recalcar que el juzgador no puede decidir en base a promesas o expectativas de que se presentará o no a juicio, sino que se debe hacer en base a hechos concretos sobre los cuales puede fijar una premisa material verdadera que justifique una revisión, suspensión o sustitución de la medida de prisión preventiva. Se verifica que la medida cautelar de prisión preventiva se mantiene como necesaria, pues debe ser puesta a custodia del Estado o de la autoridad del país en donde se encuentre para que pueda ser sometido a un procedimiento legal”, concluyó el conjuez Cabrera. (I)