El asambleísta Bolívar Mieles Pinargote, acusado de presunta violación, inscribió su candidatura para una reelección por la alianza Renovación PSC-PID-AMIGO, pese a los reclamos de los socialcristianos de que se cambie al candidato.
Mieles Pinargote enfrenta una denuncia ante la Fiscalía General del Estado por un presunto delito de violación que se habría registrado en mayo de 2024 en la ciudad de Quito. La denuncia fue presentada ante la Fiscalía General porque el sospechoso cuenta con fuero de corte.
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Con el formulario 77 ante la Delegación provincial de Orellana del Consejo Nacional Electoral con fecha 19 de septiembre de 2024 por la Alianza Renovación (6-4-16), se inscribió la lista de candidatos a asambleístas:
- Simón Bolívar Mieles Pinargote (principal), Natacha Carpio Moreno (suplente).
- Imelda Encarnación Maldonado (principal), Joel Arroyo Preciado (suplente)
- Kléver Vargas Guamán (principal), Leonor Guamán Zambrano (suplente)
La directiva nacional del PSC emitió un comunicado donde señala que ha verificado que sí existe la denuncia en la Fiscalía en contra del asambleísta Mieles, y por este motivo el partido resolvió de inmediato solicitar a los demás miembros de la alianza de que se proceda al cambio de candidato, pues en caso contrario, no respaldará dicha alianza.
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En los diez meses de funcionamiento de la Asamblea Nacional, Bolívar Mieles actuó como parte de la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), pero fue electo por una alianza entre los movimientos Centro Democrático-RETO y el Movimiento del Pueblo.
Para el proceso electoral de febrero de 2025, el legislador Mieles se sumó a la alianza entre el PSC-PID-AMIGO, y su candidatura terminó inscribiéndose el jueves 19 de septiembre.
El artículo 108 del Código de la Democracia señala que las candidaturas a cargos de elección popular, una vez calificadas e inscritas son irrenunciables.
Pero, ese mismo artículo, establece que (...), “las candidatas y candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados ni enjuiciados, salvo los casos de delito flagrante, delitos sexuales, violencia de género e intrafamiliar...”.
Su candidatura puede se objetada en la Junta Electoral provincial, también puede ser impugnada ante el Consejo Nacional Electoral y posteriormente apelada ante el Tribunal Contencioso Electoral. (I)