Productos farmacéuticos, plásticos y sus manufacturas, madera, papel y cartón, muebles, vehículos, tractores, pescados y crustáceos, combustibles minerales, plantas vivas y productos de la floricultura son algunos de los productos ecuatorianos a los que Colombia agregó a la lista para incrementar el arancel al 50 %, de acuerdo con el decreto borrador del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Como respuesta al incremento de la tasa del 30 % al 50 % que impuso Ecuador y que está vigente desde el 1 de marzo, Colombia no solo planea incrementar el arancel del 30 % al 50 % de 23 partidas arancelarias, desagregadas en 73 subpartidas, sino que además ha añadido más productos a su restricción.

Entre los productos ecuatorianos que ya se gravan con el 30 % están el arroz, azúcar y plátano.

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El decreto borrador salió a comentarios y posteriormente será publicado para que entre en vigencia.

Según el Gobierno colombiano, la imposición de la tasa de seguridad del 50 % por parte de Ecuador “impide que cualquier exportación colombiana a ese país sea económicamente viable, lo que profundiza significativamente la afectación de seguridad nacional a Colombia, agravando aún más la tensión internacional causada por la serie de medidas tomadas por Ecuador, y dejando en un alto grado de vulnerabilidad económica a los exportadores colombianos que derivan su sustento de exportar mercancías a Ecuador”.

Bajo ese escenario, indica que las importaciones de Colombia de productos ecuatorianos caerían 75 %, lo que representa $ 640 millones menos, según los datos de 2025.

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Asimismo, señala que de los 20 principales productos afectados, 15 tenderían a reducir completamente sus importaciones, ante lo cual las exportaciones colombianas caerían 79 %, esto significa $ 1.452 millones menos exportaciones, de acuerdo con las cifras del año anterior.

A eso añade que de los 20 principales productos exportados, 12 se dejarían de exportar completamente a Ecuador.

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Estas son algunas de las partidas arancelarias, desagregadas en subpartidas que serán sujetas al 50 %:

  • Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimentarias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal. Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.
  • Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos. Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado. Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado: sardinas, sardinelas y espadines: en salsa de tomate, en aceite, en agua y sal, las demás y caballas.
  • Preparaciones alimentarias diversas. Extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café, té o yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados. Extractos, esencias y concentrados de café y preparaciones a base de estos extractos, esencias o concentrados o a base de café:  Extractos, esencias y concentrados.  Los demás. 
  • Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos. Carbonatos; peroxocarbonatos (percarbonatos); carbonato de amonio comercial que contenga carbamato de amonio. Carbonato de calcio.
  • Productos farmacéuticos. Medicamentos o acondicionados para la venta al por menor. Los demás medicamentos para uso veterinario.
  • Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas... productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos, aunque sean de constitución química definida. Pigmentos y preparaciones a base de dióxido de titanio: Los demás.
  • Plástico y sus manufacturas. Polímeros de propileno o de otras olefinas, en formas primarias. Copolímeros de propileno; tubos y accesorios de tubería (por ejemplo: juntas, codos, empalmes racores), de plástico. -Tubos rígidos: de polímeros de cloruro de vinilo: Los demás.
  • Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos. Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire.
  • Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos. Aspiradoras. Con motor eléctrico incorporado: Las demás.
  • Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera. Tableros de partículas, tableros llamados «oriented strand board» (OSB) y tableros similares (por ejemplo, «waferboard»), de madera u otras materias leñosas, incluso aglomeradas con resinas o demás aglutinantes orgánicos. De madera: Tableros de partículas.
  • Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón. Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, cortados en formato; los demás artículos de pasta de papel, papel, cartón, guata de celulosa o napa de fibras de celulosa. Bandejas, fuentes, platos, tazas, vasos y artículos similares, de papel o cartón: Los demás.
  • Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial. Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex. Hilados texturados: De polipropileno.
  • Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería. Tela sin tejer, incluso impregnada, recubierta, revestida o estratificada. De filamentos sintéticos o artificiales: De peso inferior o igual a 25 g/m².
  • Fundición, hierro y acero. Las demás barras de hierro o acero sin alear. Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en frío: De sección circular, de diámetro inferior o igual a 100 mm.
  • Manufacturas de fundición, hierro o acero. Construcciones y sus partes (por ejemplo: puentes y sus partes, compuertas de esclusas, torres, castilletes, pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas), de fundición, hierro o acero, excepto las construcciones prefabricadas de la partida 94.06; chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción. Los demás...
  • Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios. Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05. - Parachoques (paragolpes, defensas) y sus partes.
  • Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas. Asientos (excepto los de la partida 94.02), incluso los transformables en cama, y sus partes. Los demás asientos.
  • Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos. Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera.
  • Congelados, los demás camarones, langostinos y otros decápodos natantia, langostinos (géneros de la familia Penaeidae) y colas sin caparazón.
  • Plantas vivas y productos de la floricultura. Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma. Frescos: Los demás. Gypsophila (lluvia, ilusión) (Gypsophilia paniculata L.).
  • Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimentarios. Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas. Frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) (Vigna spp., Phaseolus spp.). Frijoles (fréjoles, porotos, alubias, judías) comunes (Phaseolus vulgaris): Para siembra: Negro
  • Cereales. Arroz con cáscara (arroz «paddy»): Los demás y arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo).
  • Preparaciones alimentarias diversas. Extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café, té o yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados. Extractos, esencias y concentrados de café y preparaciones a base de estos extractos, esencias o concentrados o a base de café: Extractos, esencias y concentrados. Café soluble liofilizado, con granulometría de 2.0-3.00 mm.
  • Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales. Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, excepto las que contengan biodiésel y los desechos de aceites. Aceites de petróleo o de mineral bituminoso (excepto los aceites crudos) y preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base, excepto los desechos de aceites: Los demás: Aceites medios y preparaciones: Mezclas de n-parafinas. (I)