Ya solo quedan tres feriados en Ecuador que no son recuperables y los trabajadores tendrán descanso obligatorio. Sin embargo, hay ciertos ciudadanos que tendrán que trabajar esos días.

El Código del Trabajo establece las condiciones laborales que rigen en el país. El artículo 50 establece que las jornadas de trabajo obligatorio no pueden exceder de cinco días en la semana, o sea 40 horas, y que los sábados y domingos son de descanso forzoso. Aunque también se indica que en caso de no poder interrumpirse la jornada en esos días, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso.

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El Ministerio de Trabajo especificó que los empleadores deben pagar horas extraordinarias si se trabaja en los días de descanso obligatorio, feriados o si las actividades son comprendidas entre la medianoche y las 06:00. Estas tienen un recargo del 100% en el valor por hora.

Estas son las fechas del próximo feriado en Ecuador

Como ejemplo, si una persona gana el sueldo básico ($ 425) y trabaja un mes, el valor de hora de trabajo es de $ 1,77 ya que el sueldo se divide para 30 días y de allí para las 8 horas de trabajo diarias. En caso de trabajar un feriado, el empleador deberá pagar $ 3,54 por hora trabajada ese día.

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El Código del Trabajo establece también que se deberá pagar una jornada nocturna si el trabajador realiza su jornada entre las 19:00 y 06:00 del siguiente día, su remuneración será aumentada en un 25%.

El artículo 55 señala que también se pagará un 50% de recargo por horas suplementarias que no podrán exceder las cuatro diarias ni doce semanales. Si estas horas son entre la medianoche y las 06:00 tendrán derecho al 100% de recargo, el cálculo se hace con el sueldo diurno. (I)