A 22 años de prisión por el delito de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes fue condenada Rebeca C. C.
El delito, según la Fiscalía, fue perpetrado en contra de sus tres sobrinas de 7, 9 y 12 años. Además, deberá pagar una indemnización de $ 15.000 como reparación integral en favor de las víctimas.
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Los hechos ocurrieron en Ambato desde 2019. Sin embargo, en 2021 la madre de las víctimas notó que una de sus hijas hacía videollamadas constantes y extensas con su hermana, Rebeca C. C.
Al revisar la galería fotográfica y los chats encontró contenido multimedia de carácter sexual que luego fue utilizado para la denuncia.
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Según la investigación, Rebeca C. C. grababa y fotografiaba a las niñas en actos sexuales para luego enviar este material a través de redes sociales.
La hoy sentenciada al enterarse de esta investigación se fugó de la justicia, agregó la Fiscalía. No obstante, en enero de este año fue capturada para comparecer a juicio en la causa penal iniciada en su contra.
La Fiscalía presentó ante un tribunal de Garantías Penales pruebas documentales, periciales y testimoniales que evidenciaron la grave violación a los derechos fundamentales de las menores de edad.
Entre las pruebas presentadas se incluyeron los testimonios anticipados de las víctimas, así como los testimonios de la madre, de los agentes que llevaron a cabo la investigación y de los peritos de audio, video y afines.
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Asimismo, las pericias de reconocimiento médico-legal de las niñas, informes psicológicos y de entorno social y la pericia informática forense.
El delito de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes está tipificado en el artículo 103 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años cuando la persona infractora es un padre, madre o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. (I)