La tarde del 31 de agosto de 2023, sujetos detonaron un cilindro de gas licuado de petróleo bajo el puente que atraviesa el río Misahuallí, en Archidona. Los sujetos pretendían hacer explotar una segunda bombona, pero les falló la detonación.

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Tras un operativo realizado luego de ese atentado, los agentes policiales registraron un taxi en la vía Tena-Puyo y capturaron a cuatro hombres con características similares a los que estuvieron en el puente.

La Policía indicó que, al requisarlos, a uno de ellos le encontraron un artefacto. Con la intervención de los expertos en explosivos de la Policía, se estableció que estaba compuesto de treinta y siete tacos de dinamita comercial, cuatro de ellos activados con mecha y cápsula detonante, material explosivo que fue desactivado.

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Con la captura, la Fiscalía procesó a las cuatro personas por transporte de explosivos: dos adultos quedaron con prisión preventiva, un adolescente con internamiento preventivo y otro ciudadano (conductor de un taxi) con prohibición de salida del país y obligación de presentarse dos días a la semana en Fiscalía.

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La instrucción fiscal por este caso durará treinta días.

Dentro de este caso, la mañana del 1 de septiembre se ubicó y allanó un inmueble donde, probablemente, habrían armado el artefacto. Asimismo, se encontraron restos de mecha similares a la encontrada en el puente y también a la del artefacto explosivo, además de 120 gramos de marihuana y un vehículo reportado como robado en el sector de Ponciano, en Quito.

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En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos realizada esta semana, el fiscal de turno presentó elementos de convicción para sostener la teoría del caso. Entre estos, las versiones de los agentes aprehensores, el informe de indicios levantados durante el registro del vehículo y de los actuales procesados y otros indicios levantados en las escenas del delito, entre otros.

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La Fiscalía indicó que el transporte de explosivos está tipificado en el inciso primero del artículo 361 del Código Orgánico Integral Penal, con una pena privativa de libertad prevista de cinco a siete años.

Para el adolescente aprehendido, que fue procesado ante el juez de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, se ordenó su internamiento preventivo. (I)