Santiago A. se encuentra en prisión preventiva tras ser señalado como el principal sospechoso de la muerte violenta de un niño de 4 años. La Fiscalía solicitó esta medida cautelar al juez de Garantías Penales durante la audiencia de calificación de flagrancia.

El incidente ocurrió el 15 de junio en el sector San Isidro de El Inca, en el norte de Quito. Según el relato de la Fiscalía, la madre del niño salió a trabajar esa mañana, dejando a su hijo solo en casa.

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La madre le pidió a Santiago A., su pareja sentimental, que recogiera al niño más tarde y lo llevara al lugar donde ella trabaja.

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Al llegar al domicilio, Santiago A. envió una fotografía del lugar a la madre del niño para informarle que había llegado. Poco después le mandó un mensaje de texto indicando que el niño estaba sucio debido a una necesidad biológica, a lo que la madre le pidió que lo limpiara.

Minutos después envió otro mensaje diciendo que el pequeño “se le cayó”, resultando con golpes en la cara, y que no reaccionaba después de acomodarlo en la cuna. Ambos acordaron encontrarse en un punto intermedio para llevar al niño a una casa de salud.

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El niño llegó sin signos vitales al hospital San Francisco. A pesar de los esfuerzos médicos por reanimarlo durante 20 minutos, no reaccionó.

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El informe de autopsia médico-legal determinó que la causa de la muerte fue violenta, debido a politraumatismos causados con un objeto contundente. La perita identificó lesiones recientes en el cuerpo del pequeño.

Mientras se atendía al niño, Santiago A. abandonó el hospital. La Policía lo encontró más tarde en la casa de su madre, ubicada en el centro histórico de Quito.

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La Fiscalía presentó varios elementos de convicción para formularle cargos, incluyendo la denuncia de la madre, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, el acta de levantamiento del cadáver, el formulario único de cadena de custodia y la autopsia médico-legal, entre otros.

Santiago A. está siendo procesado por el delito de asesinato, tipificado en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, la Fiscalía considera que se cumplen las agravantes del artículo 47, numerales 6, 7 y 11 del mismo código.

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Estas agravantes se refieren a aumentar o procurar aumentar las consecuencias dañinas de la infracción para la víctima o cualquier otra persona, cometer la infracción con ensañamiento contra la víctima y perpetrar el delito en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad.

La instrucción fiscal durará treinta días, debido a que se trata de un delito flagrante. Durante este tiempo se realizarán las investigaciones necesarias para determinar la culpabilidad del acusado y esclarecer todos los detalles del caso. (I)

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