Semanas atrás una mujer acudió muy enojada a la Fiscalía del Cuartel Modelo para denunciar a uno de sus hermanos por el delito de secuestro, pero tras escuchar su caso el fiscal de turno le dijo que no era válida su denuncia.

Ella contó que su hermano no la dejaba ver a su padre, un hombre de 87 años, al que aseguró mantiene en su casa alejado del resto de la familia.

La mujer también señaló que sospecha que su hermano está tratando de quedarse con los bienes de su padre.

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El abogado penalista Julio César Cueva cuenta que estas disputas entre hijos son mucho más comunes de lo que parece.

Responde que en casos como estos se podría hasta pedir un habeas corpus por una retención ilegal para que un juez mande a la Policía a constatar si el adulto mayor está en ese lugar por su voluntad o si quiere irse con otro familiar.

Policía verificó presunto abandono de adulta mayor en el suroeste de Guayaquil

“Si la persona no se puede cuidar por sí sola o empieza a tener algún deterioro mental se puede ir donde un juez civil y seguir un juicio por interdicción para que el juez declare interdicta a la persona y que se establezca quién lo va a cuidar y quién será también responsable de administrar los bienes de esa persona”, explica Cueva.

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El abogado dice que a veces un familiar se niega a entregar a su papá o su mamá porque piensan que los van a hacer firmar documentos para quitarles sus propiedades o para demandarlos por pensión alimenticia, pues hace un año el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) expidió la tabla de pensiones mínimas para adultos mayores.

El juez de Familia, Niñez y Adolescencia Ulises Torres señala que esto funciona como una pensión para un hijo y dice que no siempre los hijos son escogidos por el juez como el cuidador. Sostiene que algunas veces son los hermanos de los adultos mayores quienes quedan a cargo de ellos.

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Esto suele pasar con personas que padecen demencia o alzhéimer.

“Uno de los hijos puede pedir una curaduría para ser su representante aunque el resto no esté de acuerdo, es el juez el que decide cuál es el interés ulterior del adulto y quién lo va a cuidar”, refiere el juez Torres, quien dice que ya la experiencia los hace identificar si realmente la persona busca precautelar los intereses del adulto mayor o si pretende beneficiarse de sus bienes, pues quien queda con la custodia puede acceder al fondo jubilar de la persona interdicta o hasta vender sus bienes para pagar sus gastos.

Pero el funcionario judicial recalca que esto está sometido a un rendimiento de cuentas ante los hermanos.

De no contar con recursos propios, los adultos mayores o su curador pueden pedir alimentos congruos no solo a los descendientes, sino también a su esposo o esposa.

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“Este mes tuvimos dos casos en el juzgado, uno de ellos no superó la fase de admisión de la demanda y en el otro caso no se contó con la persona a quien se le pretendía asignar a un cuidador. Si esta persona está cuerda tiene que saber que hay alguien que quiere hacerse cargo de sus bienes y proveerle el cuidado de salud”, menciona el juzgador.

El MIES publicó los valores correspondientes al 2023.

Torres también expone que hay casos en los que los adultos mayores son abandonados y recalca que eso representa un delito tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y que puede sancionarse con una pena de 1 a 3 años de cárcel y hasta con 19 años de prisión en caso de que la persona fallezca por la falta de cuidados.

Moradores de la calle 15 y Pedro Pablo Gómez denunciaron en redes sociales el presunto abandono de una adulta mayor. Foto: Cortesía.

A finales del año 2023 se conoció que una adulta mayor de 75 años supuestamente había sido abandonada en la 15 y Pedro Pablo Gómez, suburbio de Guayaquil.

Horas después su familia apareció y sus allegados aseguraron que se trató de una confusión. El MIES intervino en el caso para cerciorarse de que estaba siendo bien cuidada por sus hijos. (I)