Gerardo Antonio T. M. deberá cumplir una pena de diez años de cárcel como autor del delito de comercialización de pornografía con utilización de niños.

La sanción fue impuesta por jueces de primera instancia en mayo de 2024 y fue ratificada por la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

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La defensa alegó que la sentencia del Tribunal Penal carecía de una adecuada motivación, argumentando que no se ajustó la conducta al tipo penal y que las pruebas eran insuficientes para justificar la condena.

Esas afirmaciones, según Fiscalía, fueron rebatidas pues se presentó a los jueces de la Sala Penal pruebas como los reportes de la Oficina de Investigaciones del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (HSI), a través del National Center for Missing Exploting Children (NCMEC, por sus siglas en inglés), los cuales demostraron que Gerardo Antonio T. M. descargó y almacenó material de abuso sexual infantil.

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Un perito antropólogo confirmó que los videos recuperados y analizados evidenciaban actos de abuso sexual cometidos contra niños y niñas.

Entre otras pruebas, también se presentaron los testimonios del oficial del caso, del analista y agente investigador y del perito de materialización de la información, que revelaron la responsabilidad del sentenciado en la comisión del delito.

Gerardo Antonio T. M. fue detenido hace casi dos años en el sector de Las Casas, en el norte de Quito.

Esto como resultado de una investigación abierta el 27 de febrero de 2023, que fue derivada de una causa penal iniciada en la Fiscalía Provincial de Guayas.

Durante el allanamiento a su domicilio se recabaron archivos digitales con material de abuso sexual infantil, dispositivos de almacenamiento externo y teléfonos celulares, que fueron incorporados al expediente.

El delito de comercialización de pornografía con utilización de menores de edad está tipificado en el artículo 104 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y contempla una pena de diez a trece años de privación de libertad. (I)