En primera instancia, un juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) sancionó al excontralor subrogante del Estado Pablo Celi de la Torre con la pérdida de sus derechos políticos por cuatro años y el pago de una multa por $ 20.000, al ser hallado culpable de una infracción electoral grave al interferir en las funciones del Consejo Nacional Electoral (CNE), en medio del periodo electoral.

La causa se deriva de una denuncia por infracción electoral grave que planteó en el 2020 Vanessa Freire, expresidenta del extinto movimiento Fuerza Compromiso Social (FCS) –absorbido por el correísmo, ahora llamado Revolución Ciudadana (RC)– en contra de Celi, por emitir varios exámenes especiales en los que se recomendó al CNE extinguir a esta y otras agrupaciones políticas del registro nacional al sospecharse de anomalías en las firmas de adhesión que presentaron en el proceso de inscripción.

El juez y presidente del TCE, Fernando Muñoz Benítez, despachó este 11 de marzo su fallo en el que consideró que el excontralor «interfirió en el funcionamiento de la Función Electoral, por cuanto en su calidad de autoridad pretendió imponer al Consejo Nacional Electoral su criterio en un asunto que corresponde a su exclusivo ámbito de competencias».

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El magistrado sienta en su fallo el criterio de que «constituye una interferencia a las atribuciones de la Función Electoral que cualquier servidor público disponga al Consejo Nacional Electoral o al Tribunal Contencioso Electoral que adopte decisiones que guarden relación con el ejercicio de los derechos de participación política que se ejercen en el contexto de un periodo electoral».

Ordenó pagar una multa de 40 salarios básicos, correspondiente a $ 20.000, y la pérdida de sus derechos políticos por cuatro años.

Las partes procesales pueden recurrir a este fallo, para que en segunda instancia resuelva el pleno del TCE, es decir, los cinco jueces electorales.

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Tres años estuvo el caso en trámite, debido a que en el 2020 el excontralor planteó ante la Corte Constitucional (CC) una acción de dirimencia de competencia, que fue desestimada por los jueces constitucionales en febrero pasado.

Con ello, Muñoz reactivó los plazos para tramitar la denuncia y divulgó su fallo este 11 de marzo.

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En el 2020, la Contraloría emitió una auditoría en la que recomendaba al CNE que elimine a Juntos Podemos, Justicia Social, Libertad es Pueblo y Fuerza Compromiso Social, porque habían incumplido con el número de firmas necesarias para tener su personería jurídica, como lo establecen la Constitución y el Código de la Democracia.

Estos informes se aprobaron mientras el CNE y el TCE, que conforman la Función Electoral, se encontraban en periodo electoral organizando las elecciones presidenciales y legislativas del 2021.

Vanessa Freire, expresidenta de la FCS y exlegisladora, denunció a Celi en el Tribunal por interferir en el proceso eleccionario de ese entonces, y el juez Muñoz la admitió a trámite.

No obstante, suspendió los plazos para resolverla a la espera del pronunciamiento de la Corte Constitucional.

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En su fallo, Muñoz reflexiona que Celi actuó de forma «abusiva» y que llegó al «convencimiento» de que la exautoridad es responsable del cometimiento de la infracción al haber suscrito auditorías con resultados vinculantes para el CNE con «el propósito de interferir en el ejercicio de una de sus competencias exclusivas: mantener el registro permanente de las organizaciones políticas, de sus directivas y verificar los procesos de inscripción».

Pablo Celi de la Torre es procesado en el caso Las Torres, en el que se investigó el delito de delincuencia organizada entre 2017 y 2020.

Fue sentenciado en calidad de autor en primera instancia a trece años y cuatro meses de prisión, pero apeló y está a la espera de la audiencia en la Corte Nacional de Justicia (CNJ).