La propuesta del presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, de reducir a más de la mitad las horas de vigencia de la ley seca en un proceso electoral está atada a que la legislatura tramite la reforma al Código de la Democracia en un tiempo récord para que esta entre en vigencia en las elecciones seccionales de 2027.
El proyecto de ley fue calificado en apenas 72 horas luego de ser presentado en la ventanilla de la Asamblea Nacional, y el Consejo de Administración Legislativa (CAL), remitió el documento a la Comisión de Desarrollo Económico Productivo y la Microempresa y no la de Justicia y Estructura del Estado que regularmente tramita reformas al Código de la Democracia.
Precisamente, la Comisión de Desarrollo presidida por Valentina Centeno (ADN) ya intentó, en una ocasión, incluir esta misma reforma al Código de la Democracia en el proyecto urgente sobre áreas protegidas. También se quiso incluir dentro del proyecto de reformas al Código de la Democracia en junio de 2025, pero en las dos ocasiones no pasaron porque varios legisladores de la misma bancada legislativa de ADN, se opusieron.
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Ley urgente sobre áreas protegidas modifica duración de la ley seca en las elecciones
Olsen propone reformar el artículo 123 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.
Actualmente, el texto establece que durante el día de las elecciones y 36 horas antes y 12 después no se permitirá la venta, distribución o el consumo de bebidas alcohólicas.
Con la reforma se plantea: “No se permitirá la venta, distribución ni consumo de bebidas alcohólicas durante las doce horas previas al inicio oficial de la jornada electoral y durante las seis horas posteriores al cierre de la jornada electoral”.
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Según el proponente “durante los últimos años, la aplicación de la denominada ley seca ha evidenciado impactos económicos y sociales que exceden la finalidad por la cual fue concebida”.
Además, el texto se sustenta en un informe de sondeo de afectaciones de la ley seca realizado por la Confederación de Restaurantes del Ecuador en mayo del 2025, donde se asegura que cada jornada electoral representa pérdidas aproximadas de $ 15 millones para los sectores de gastronomía, turismo, hotelería, entretenimiento y comercio formal, lo que acumula más de $ 112 millones en los últimos cinco años.
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Trámite de ley
La Ley Orgánica de la Función Legislativa determina un plazo de hasta 90 días para presentar un informe para primer debate del proyecto, pero en ningún caso podrá emitir un informe en menos de 20 días, de los cuales quince serán dedicados a la socialización con los ciudadanos que tengan interés en la aprobación del proyecto de ley.
El informe para segundo debate, según lo establece el artículo 61 de la Ley de la Función Legislativa, deberá presentarse en un plazo de hasta 90 días contados a partir del cierre del primer debate, pero no señala un plazo mínimo.
La Asamblea Nacional tendrá que esperar el retorno de la vacancia legislativa de quince días que inicia el 22 de diciembre de 2025 al 5 de enero de 2025, para conocer el informe de primer debate, mientras tanto corren los quince días de socialización.
La prisa que tiene el presidente Olsen por aprobar esta reforma al artículo 23 del Código de la Democracia también se deriva porque el Consejo Nacional Electoral (CNE), en febrero de 2026, se declara en periodo electoral y la ley de elecciones determina que no se podrán hacer reformas un año antes del proceso electoral. (I)
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