El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) tiene pendiente resolver tres denuncias en contra del movimiento político Revolución Ciudadana (RC), planteadas por la presidencia del Consejo Nacional Electoral (CNE), a la que se sumó una cuarta, interpuesta por el titular subrogante de la Fiscalía General del Estado, Leonardo Alarcón.

En medio de la preparación de las elecciones seccionales del 14 de febrero del 2027, la denuncia del Fiscal se admitió a trámite este 6 de marzo de 2026 por parte del juez Joaquín Viteri, sobre quien recayó la causa después del sorteo.

Como primera medida, dictó la suspensión provisional de las actividades electorales y proselitistas de la RC por nueve meses; es decir, ordenó al Consejo Nacional Electoral que los inhabilite del Registro Nacional de Organizaciones Políticas.

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La medida se tomó este viernes, a través de un auto suscrito por Joaquín Viteri, atendiendo un pedido del fiscal subrogante, Leonardo Alarcón, debido a que está en curso una investigación previa por el delito de lavado de activos en el caso conocido como Caja Chica, en el que se sospecha del uso de dineros provenientes de Venezuela (durante la presidencia de Nicolás Maduro) en la campaña electoral de las elecciones presidenciales anticipadas de 2023.

El juez Viteri basó su decisión en lo contemplado en el artículo 374 del Código de la Democracia, numeral 3, que permite, durante el juzgamiento de un caso, suspender hasta por 24 meses a una agrupación política “por pedido del Fiscal General, cuando este realice una investigación por el delito de lavado de activos que involucre directamente a la organización”.

Según el documento judicial, Alarcón presentó la denuncia el 4 de marzo y, debido a que su contenido es parte de una investigación previa, se esperará a que se levante la confidencialidad para instaurar “un proceso público con corte adversarial, es solo en ese momento, en que se podrá dar contestación a los cargos formulados e instalar la correspondiente audiencia única oral de prueba y juzgamiento”.

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Con ello, la RC estará suspendida por nueve meses y la medida “podrá ser revisada sin exceder el plazo máximo de 24 meses”, puntualizó Viteri.

Agregó que la causa se sustanciará en plazos —aunque estarán suspendidos por efectos de la indagación previa— considerando que la Función Electoral (CNE y TCE) se encuentra en periodo electoral para preparar los comicios seccionales y de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), del 14 de febrero de 2027.

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Las cuentas de campaña de 2023, el eje de otras tres denuncias

Luisa González y Andrés Arauz, excandidatos a la presidencia y vicepresidencia de Ecuador en las elecciones presidenciales de 2023. Foto: Archivo/Photo by Rodrigo BUENDIA / AFP) Foto: AFP

En contra del movimiento de la lista 5, la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Diana Atamaint, interpuso cuatro denuncias en contra de excandidatos y dirigentes por las sospechas de irregularidades en la presentación de las cuentas de campaña de las elecciones nacionales anticipadas de 2023, que fueron producto de la disolución de la Asamblea Nacional decretada por el expresidente de la República, Guillermo Lasso.

Una última tuvo dictamen este 5 de marzo. La jueza y presidenta del Tribunal, Ivonne Coloma, se pronunció respecto de la denuncia por infracción electoral muy grave que presentó Atamaint, en la que acusó al correísmo de infringir el artículo 281 numeral 1 del Código de la Democracia (antes de la reforma de junio de 2025 aprobada por la Asamblea Nacional).

Dicho artículo apunta a los responsables económicos y a las organizaciones políticas a través de sus representantes legales que no presenten los informes económicos financieros anuales con las cuentas del partido o movimiento, el monto de los aportes recibidos, la naturaleza de los mismos, su origen, el listado de contribuyentes, su identificación plena y los respaldos de ingresos y egresos.

No cumplir con esta obligación se sanciona con una multa de 20 a 70 salarios y la suspensión de los derechos políticos de dos a cuatro años, sin perjuicio de la cancelación de la inscripción de la organización política.

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Los candidatos responderán solidariamente de manera pecuniaria, determina la ley.

Según los informes de fiscalización del CNE, el movimiento incumplió con la presentación de sus informes dentro del plazo correspondiente y en el detalle de los ingresos y egresos de los dineros privados que llegaron a la campaña electoral, aparentemente, no se los había justificado.

Diana Atamaint presentó la acción el 18 de noviembre de 2025, con “posterioridad a la fecha límite para su interposición” incumpliendo una subregla que dictó el Tribunal para el tratamiento de causas, detalla la sentencia de Coloma.

Esta subregla establece que “en los casos en los que el responsable del manejo económico entregue su informe de cuentas antes o dentro del plazo de 90 días, la competencia de la autoridad administrativa (CNE) para presentar ante el TCE se extinguirá después de dos años contados desde la fecha de presentación de tal informe”.

En cuyo caso, la RC presentó su informe de cuentas el 15 de noviembre de 2023 —después de los comicios que se celebraron el 15 de octubre— dentro del plazo de 90 días.

Sin embargo, el CNE presentó la denuncia el 18 de noviembre de 2025. Es decir, “con posteridad a la fecha límite para su interposición”.

La resolución de Coloma declaró prescrita la acción de denunciar y ordenó que, una vez que su fallo esté ejecutoriado, se “inicien los procesos que correspondan, en relación a la determinación de la responsabilidad de los servidores que ocasionaron la prescripción de la acción para denunciar”.

De acuerdo con el reglamento de trámites del Tribunal, hay un término de tres días para apelar a las decisiones de sus jueces, que las resolverá el pleno. Por lo que, la sentencia de Coloma aún no está en firme.

De ejecutoriarse esta sentencia, habrá un precedente para las otras tres denuncias que están en trámite en el Tribunal, en las que los argumentos expuestos por Atamaint son similares.

El caso 583 está en conocimiento del juez Richard González, relacionado con las cuentas de campaña de las elecciones nacionales anticipadas de 2023.

El escrito se presentó el 19 de noviembre de 2025 en contra de los excandidatos a asambleístas del exterior, en el que son investigados Lilia Zambrano, a cargo del manejo económico; Luisa González, candidata presidencial; y, Eliana Correa, jefa de campaña de la RC.

La causa 575 está a cargo del juez Guillermo Ortega, por una denuncia presentada el 15 de noviembre de 2025, en el que son observados Estefanía Molina, a cargo del manejo económico; Santiago Díaz Asque, jefe de campaña; Luisa González, candidata a la Presidencia, y Andrés Arauz, candidato a la Vicepresidencia del movimiento correísta.

En este caso, Guillermo Ortega llamó a audiencia a las partes procesales el 13 de marzo a las 11:00.

El último proceso es el 612, que se admitió a trámite el 28 de febrero pasado por el juez Ángel Torres Maldonado, quien convocó a audiencia pública para el 8 de abril.

La denuncia la presentó Diana Atamaint el 24 de diciembre de 2025 en contra de Estefanía Molina, responsable del manejo económico; Luisa González, candidata presidencial; y, Andrés Arauz, candidato a Vicepresidente.

En estos tres procesos se acusa también de que la agrupación política incurrió en el numeral 1 del artículo 281 de la ley electoral y de haber un pronunciamiento, será de primera instancia, por lo que sus fallos podrán apelarse. (I)