Aunque sus sesiones plenarias se dan en un ambiente de reserva, los fallos de los nueve jueces de la Corte Constitucional (CC) han alentado el debate jurídico en estos dos años y dos meses de gestión.
Fueron designados por el extinto Consejo de Participación Ciudadana y Control Social de Transición (CPCCS-T) e iniciaron sus funciones en febrero del 2019, heredando de los jueces cesados más de 14.000 causas rezagadas de hasta once años atrás.
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Estas habían sido tramitadas hasta finales del 2019, en el que además receptaron otras 6.698 causas.
En ese lapso, entre sus primeros fallos emitieron jurisprudencia vinculante, al dar paso a la unión de hecho en parejas del mismo sexo, que contentó a los sectores GLBTI, pero promovió protestas de rechazo de sectores religiosos.
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Corte Constitucional del Ecuador rechaza la destitución de magistrados en El Salvador
En materia de libertad de expresión, se declaró que el Estado no es titular de derechos, entre ellos, al de la honra y a replicar información que pueda afectar su buen nombre.
Ello, después de que en el régimen de Rafael Correa se sancionó a diario La Hora a rectificar una información porque “causó un grave perjuicio a la Administración Pública”.
Respecto de las consultas populares de iniciativas ciudadanas, resolvió que primero se emitirá el dictamen de constitucionalidad de las preguntas, antes de que se recojan las firmas.
Ejemplo de ello fue el que planteó el Comité por la Institucionalización Democrática para, entre otros temas, eliminar el CPCCS de la estructura del Estado.
La CC se pronunció sobre la constitucionalidad de las preguntas, y luego el colectivo recogió las firmas. No obstante, su trámite no fue aprobado en la Asamblea Nacional.
Del 2020 resaltan otras doce sentencias, como la justiciabilidad del derecho al acceso a medicamentos, y el dictamen favorable de constitucionalidad a la propuesta de consulta popular de la Alcaldía de Cuenca sobre explotación minera, que se efectuó en las últimas elecciones nacionales.
También, la protección a la libertad de expresión en procesos electorales; declaró como una transgresión de la seguridad jurídica y el derecho al trabajo la compra de renuncias obligatorias, mediante el Decreto 883.
Además, se concentró en los controles de constitucionalidad a siete decretos de estados de excepción emitidos por el presidente Lenín Moreno por la pandemia del COVID-19.
Uno de sus fallos recientes fue el de la despenalización del aborto en casos de violación, que ha estado en debate en los últimos años.
Para el constitucionalista Stalin Raza, en esta Corte hay magistrados que conocen del derecho y que han demostrado ser independientes, al contrario de jueces anteriores que conocían “poco y eran funcionales al gobierno de turno” (Rafael Correa).
Como cuerpo colegiado, cree que hay dos grupos: los progresistas y los que tienen una visión más conservadora.
“Muchos de los fallos han sido unánimes, pero en otros temas que han sido polémicos para la sociedad, esas decisiones han sido divididas, como la sentencia sobre el matrimonio igualitario, que causó controversias internas. Y la despenalización del aborto por violación, que tuvo dos votos en contra”.
Es crítico del trámite a las acciones extraordinarias de protección.
Según datos de la Corte, de las 6.148 causas receptadas el 2020, 2.062 correspondían a este tipo de acciones.
Según Raza, para evitar esta “avalancha” se aplica una denominada “relevancia constitucional”, que impide que se atiendan “violaciones a derechos en casos específicos, como los de Juan, Pedro, María”.
En lo que va de este año, a la sentencia sobre la despenalización del aborto por violación se sumó la declaratoria de inconstitucional a la Ley de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; también, el Acuerdo sobre el Reglamento al Uso Progresivo, Racional y Diferencial de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, que emitió el Ministerio de Defensa; y, en esa línea, el segundo inciso de la resolución del Consejo Directivo del IESS que modificó el cálculo promedio de los cinco años de mejor sueldo, para determinar el monto de la pensión jubilar.
Como parte de los decretos de estados de excepción, la Corte ordenó al Ejecutivo elaborar un proyecto de ley para regular el derecho a la libertad de tránsito en pandemia y así evitar estas medidas.
Para ello, Moreno remitió a la Asamblea un proyecto de Ley Orgánica para la Gestión de Emergencia Sanitaria por Pandemia.
Pero no solo esta ley ordenó elaborar la Corte. También lo hizo en el caso de la despenalización del aborto por violación, otra para la seguridad social de la fuerza pública, y una más para regular el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Sobre este último punto, el Gobierno remitió el proyecto de Ley para el uso legal, proporcional, adecuado y necesario de la fuerza, que fue calificado por el Consejo de la Administración Legislativa (CAL).
Raza cree que estas disposiciones de la CC para que se ejecuten sus sentencias podrían traer complicaciones, “porque hasta qué punto la Corte puede darle una orden a otra función del Estado”.
Luis Ávila Lazín, constitucionalista, calificó como “emblemáticos” los fallos sobre matrimonio entre parejas del mismo sexo y la despenalización del aborto.
Pero es crítico de la institución porque ha “dejado mucho que desear” al no declarar inconstitucional el acuerdo económico entre el Gobierno y el Fondo Monetario Internacional (FMI).
A su criterio, más independiente fue el extinto “Tribunal Constitucional de los 90, al pronunciarse sobre las políticas neoliberales de las leyes Trole I y Trole II”.
“Esta Corte pareciera que al menos ideológicamente ha seleccionado casos que pueden considerarse emblemáticos”, indicó Ávila.
En tanto, el Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y otros gremios sindicales están a la espera de pronunciamientos de la CC que exigen la sentencia a las demandas de inconstitucionalidad a la Ley de Apoyo Humanitario, que se aprobó por la pandemia del COVID-19. (I)
CPCCS pide oficialmente una reunión con los jueces de la CC
La presidenta del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), Sofía Almeida, envió un escrito al presidente de la Corte Constitucional (CC), Hernán Salgado, solicitándole una reunión para tratar sobre la designación del titular de la Contraloría del Estado y el dictamen interpretativo con el que determinó que las decisiones del CPCCS-Transitorio no pueden ser revisadas.
Los actuales vocales del Consejo cuestionan a los jueces por “blindar” las resoluciones del extinto Transitorio, que ahora los “tiene entrampados” para elegir a un nuevo titular de la Contraloría.
Con la asignación de recursos fiscales, el CPCCS agilitará la designación de doce autoridades
Esto por el proceso judicial que enfrenta el contralor subrogante, Pablo Celi, quien está preso por el presunto delito de asociación ilícita que investiga la Fiscalía en el caso Las Torres.
Almeida hasta le escribió a Salgado el número de celular de una de sus asesoras para que coordine la reunión.
El pleno aprobó días atrás la conformación de una comisión técnica con delegados de cada uno de los consejeros, para aprobar un proyecto de reglamento para realizar el concurso de méritos y oposición para designar a esta autoridad.
Se aclaró que esta acción no implica que convocarán al concurso, al contrario, el objetivo es tener lista la normativa en el caso de que se pueda proceder con la designación. (I)