Falta de entendimiento de la norma, ambigüedades de orden legal y poca coordinación en el trabajo estarían entre las causas por las que en los primeros seis meses de funcionamiento la Unidad Judicial Especializada para el Juzgamiento de Delitos de Corrupción y Crimen Organizado, con sede en Quito, no haya tenido la carga procesal deseada ni estuvo en conocimiento de los tipos penales para los que fue creada.

A finales de noviembre de 2021, el pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) resolvió la creación de esta unidad judicial con jurisdicción en todo el Ecuador, luego que la tarea de implementar jueces especializados en corrupción y crimen organizado fue dispuesta como parte de un paquete de reformas al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), aprobado por la Asamblea Nacional y publicado en el Registro Oficial 345 del 8 de diciembre de 2020.

En primera instancia se dijo que en agosto de 2022 estaría en funcionamiento esta nueva unidad. Luego, debido a retrasos en el cronograma, se señaló que la puesta en marcha de este proyecto sería a finales de octubre. Finalmente, luego de nueve meses, un concurso público y la inclusión de 52 días de un Curso de Formación Inicial, los catorce jueces –dos de unidad, seis de Tribunal y seis jueces de Sala provincial–, todos ellos especializados, empezaron su trabajo el 9 de diciembre de ese año.

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Casos de corrupción y crimen organizado serán tratados solo por los jueces anticorrupción, en Quito

En la sesión ordinaria de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) del 31 de mayo pasado, los magistrados que integran el pleno de la institución analizaron la situación de esta nueva unidad y debatieron una resolución para aclarar la competencia de los jueces especializados en el juzgamiento de delitos de corrupción y crimen organizado. La instancia que aparecía como la indicada para dar respuesta breve y segura a los procesos con estos dos grandes temas no había despegado y eso causaba preocupación.

En esa cita ya se hablaba de que en el primer semestre de funciones esta sede judicial especializada solo tenía en trámite entre ocho y once causas, de las cuales ninguna había llegado a Tribunal y peor a una de las dos salas de Corte Provincial que hacen esta unidad. Diario EL UNIVERSO solicitó estadísticas al Consejo de la Judicatura sobre el funcionamiento de la también conocida como Unidad Anticorrupción, pero hasta el cierre de esta edición no se entregó información alguna.

Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional, señalaba respecto a la realidad de la Unidad Anticorrupción que esta se encuentra en pleno funcionamiento, pero materialmente mantenía problemas como no tener la carga procesal deseada y no estar en conocimiento de las materias especializadas para las que se creó esa judicatura. De lo que se conoce, los catorce jueces han centrado su trabajo en atender acciones constitucionales, autorizaciones de actos urgentes, entre otras diligencias, que aun siendo parte de sus obligaciones como magistrados no son lo nuclear en su actividad.

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Quito 29 de marzo 2022. Con la presencia del presidente Guillermo Lasso se realizó la convocatoria al concurso público para la designación de jueces de las dependencias jurisdiccionales con competencia en delitos de corrupción y crimen organizado. API - DANIEL MOLINEROS Foto: El Universo

Entre los casos conocidos por esta unidad especializada está el relacionado con una estructura delictiva dedicada al tráfico de armas, municiones y explosivos que abastecía a grupos armados de Colombia. En este caso se formularon cargos por el delito de delincuencia organizada contra 18 personas. Diecisiete de ellos recibieron prisión preventiva, incluido Alfonso F., alias Caluqui, y a uno solamente se le definió presentación periódica y prohibición de salida del país.

Otro fue el pedido de acto urgente que solicitó la Fiscalía dentro de la investigación previa del denominado caso Encuentro, en el que se analiza la denuncia de un entramado de corrupción en empresas públicas del sector eléctrico en el que estaría supuestamente relacionado Danilo Carrera, cuñado del presidente Guillermo Lasso, entre otros funcionarios públicos y empresarios.

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Desde esta Unidad Anticorrupción se autorizó el 20 de enero pasado el allanamiento de ocho inmuebles ubicados en Guayaquil y uno en Quito. Todos eran domicilios de personas investigadas dentro de una trama de corrupción en empresas públicas.

Según Saquicela, reuniones con los jueces anticorrupción permitieron conocer los problemas que estos mantienen en relación a la competencia, sobre que no llegan muchos casos a la unidad o que las causas sobre materias como el crimen organizado se quedan en jueces ordinarios de provincias como Esmeraldas, Guayas, Manabí... y no pasan a Quito, donde está la sede de los jueces especializados llamados a conocer directamente causas que tienen que ver con los 37 delitos referentes al crimen organizado y siete delitos que se refieren con corrupción.

Jueces especializados en corrupción y crimen organizado ya operan en Quito; Fundación Ciudadanía y Desarrollo emite informe sobre concurso

Aunque desde el 2022 se aclaraba una y otra vez desde el CJ que los jueces de provincia estaban obligados a enviar a los jueces especializados los casos relacionados con los 44 delitos que tenían que ver con corrupción y crimen organizado, el pleno de la CNJ aprobó una resolución que en esencia pretende resolver la situación en la Unidad Anticorrupción. El presidente de la Sala Penal de la Corte Nacional, Luis Rivera, explicó en la sesión ordinaria de mayo pasado que la resolución trabajada por su Sala y aprobada por el pleno buscó responder a cinco dudas que mantenían los jueces anticorrupción sobre competencia y otros aspectos de la etapa preprocesal.

“La resolución del pleno de la CNJ resuelve esta problemática que se dio por problemas o ambigüedades de orden legal. Esta resolución consiste, primero, (...) en que todos los casos en materia de corrupción y crimen organizado serán imperiosamente conocidos por los jueces anticorrupción; y, segundo, cuando se tratare de delitos flagrantes, haya formulación de cargos, detenciones, allanamientos, acciones urgentes, entre otras, serán de conocimiento de los jueces anticorrupción, aunque sucedieran en cualquier parte del país”, anotó el principal de la Corte Nacional.

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El catedrático universitario Pablo Encalada resalta el trabajo hecho por la Corte Nacional, pues, desde su perspectiva, se están aclarando ciertos temas que tenían oscuridad o eran ambiguos no solo para los jueces de jurisdicciones del interior del país, sino también para los propios jueces anticorrupción.

Así como lo señaló en su momento el Consejo de la Judicatura que para estos casos, por seguridad del juez y su equipo, se debía privilegiar el uso de la tecnología, es decir, la vía telemática, para la realización de audiencias y otro tipo de diligencias, la Corte Nacional vuelve a realizar ese llamado.

El coordinador de la Comisión Nacional Anticorrupción, Germán Rodas, ve con buenos ojos el que se estén haciendo estos ajustes, aunque cree que se han demorado en realizarlos. “Es correcto e importante que se exija que los jueces anticorrupción actúen y trabajen. Ellos son parte de los mecanismos mediante los cuales se especializa a los servidores judiciales para que enfrenten esta pandemia que afecta a los ecuatorianos”.

Ante la inevitable llegada de más casos a la Unidad Anticorrupción que generaría la resolución de la Corte Nacional, se solicita en la misma al CJ que a la brevedad posible disponga el nombramiento y posesión de más jueces. Esto podría solucionarse, indicó Saquicela, si se toma en cuenta a los profesionales que conforman la lista de elegibles que dejó el concurso del 2022.

Dentro de la resolución, la CNJ también pide a la Judicatura que reglamente el sistema de turnos al que estarán sometidos los catorce jueces de esta Unidad Anticorrupción.

Resolución de la Corte Nacional que introduce cambios

a) Los procesos penales, iniciados con anterioridad al 9 de diciembre de 2022, deberán seguir siendo conocidos y resueltos por las y los jueces y tribunales de garantías penales del país que hayan prevenido en el conocimiento de la causa, hasta la finalización del proceso.

Esto comprende al recurso de apelación, que debe ser conocido y resuelto por la Sala de lo Penal o Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de la jurisdicción en donde se previno en el conocimiento de la causa.

Quito. 01/08/2022. Un total de 109 postulantes rindieron las pruebas teóricas dentro del concurso para la designación de catorce jueces especializados en corrupción y crimen organizado. Cortesía CJ/El Universo. Foto: El Universo

b) Todos los procesos penales, iniciados con posterioridad al 9 de diciembre de 2022, corresponden su conocimiento a la Unidad Especializada para el Juzgamiento de los Delitos de Corrupción y Crimen Organizado.

Si uno de aquellos procesos penales está tramitándose ante una o un juez o Tribunal de Garantías Penales o Sala de Corte Provincial de Justicia del país, será remitido, previa inhibición debidamente motivada por esa jueza, juez o tribunal, a la Unidad Especializada para continuar con su sustanciación. Este pronunciamiento se realizará de forma inmediata al momento en que la presente resolución sea publicada en el Registro Oficial.

Se exceptúan las causas en las que se hubiere instalado la audiencia de juicio; en estos casos, una vez dictada la sentencia y resueltos los recursos horizontales, y de haberse presentado y admitido el recurso de apelación, el proceso pasará a conocimiento de la Unidad Especializada, previa inhibición debidamente motivada.

Estas mismas reglas serán aplicables para los casos de fuero de Corte Provincial de Justicia.

c) Si Fiscalía tiene elementos que hagan presumir que el hecho se relaciona con los delitos de conocimiento de la Unidad Especializada, la detención con fines de investigación, actos urgentes y demás procedimientos investigativos previos que requieren autorización judicial a nivel nacional serán de competencia de la Unidad. Para ello, se privilegiarán los canales telemáticos y electrónicos de comunicación entre Fiscalía y la Unidad, conforme al sistema de turnos correspondiente.

Si los actos preprocesales de una investigación previa, abierta con anterioridad al 9 de diciembre de 2022, están en conocimiento de una o un juez de garantías penales del país, el expediente pasará a conocimiento de las y los jueces de la Unidad Especializada, previa inhibición debidamente motivada.

Si una investigación previa se inició con anterioridad al 9 de diciembre de 2022 y se formularon cargos con posterioridad, el proceso penal pasará a conocimiento de las y los jueces de la Unidad Especializada, previa inhibición debidamente motivada.

d) En los casos de delitos flagrantes cometidos a nivel nacional, relacionados con aquellos de competencia de las y los jueces especializados para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, Fiscalía inmediatamente deberá poner en conocimiento de la Unidad, conforme al sistema de turnos y las reglas establecidas en el COIP.

En estos casos se privilegiará el uso de medios electrónicos y telemáticos para el traslado y conocimiento de los elementos de convicción y la realización de la audiencia de formulación de cargos, evitando obstaculizar el ejercicio de los derechos de los sujetos procesales.

e) Para los casos de fuero de Corte Provincial de Justicia cometidos en el país, la investigación será tramitada por una o uno de los jueces de las salas especializadas para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado con competencia nacional, designado por sorteo, quien conocerá la investigación previa y el proceso penal hasta la finalización de la etapa de evaluación y preparatoria de juicio. El juicio, previo sorteo, se tramitará ante uno de los tribunales de la Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado con competencia nacional.

Si en la tramitación de las causas por fuero de Corte Provincial de Justicia, por falta o impedimento, se hubiese agotado el número de juezas y jueces de las salas especializadas para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, serán llamados por sorteo las o los jueces de la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

f) Las reglas de los literales c) y d) son también aplicables para los casos de fuero de Corte Provincial y de Corte Nacional de Justicia. (I)