Sobre el exalcalde de Quito Jorge Yunda hay dos fallos dictados por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE). Uno que lo favorece porque no lo sancionó y otro que lo sancionó. Aunque la decisión judicial que se acogería es la que impedirá su propósito para inscribir su candidatura para la reelección a la Alcaldía de la capital en los comicios seccionales del 5 de febrero de 2023.
El 19 de agosto último, con un fallo de tres conjueces del TCE se sancionó a Jorge Yunda con la suspensión de sus derechos de participación por los siguientes dos años y el pago de una multa de 30 salarios básicos, al tramitarse una denuncia por infracción electoral grave impulsada por el alcalde en funciones Santiago Guarderas, quien lo acusó de no cumplir la decisión del Concejo Metropolitano de removerlo de su cargo.
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También hay otra sentencia de enero del 2022, en la que el pleno del TCE rechazó una denuncia por infracción electoral que la interpusieron Jessica Jaramillo y Sara Serrano y en la que no se sancionó al exalcalde.
Yunda cuestiona la actuación del TCE en el trámite de estas denuncias y se pregunta: ¿A cuál de las sentencias debe acogerse? ¿A la que lo sanciona o a la que no lo sanciona?
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La candidatura de Jorge Yunda a la alcaldía de Quito se inscribió en la madrugada
Para el jurista Daniel González, la última sentencia del 19 de agosto es la que se aplicará en los próximos días y que se notificará a las diferentes instituciones del Estado para que observen que Yunda no goza de sus derechos de participación y no puede ser ni candidato ni funcionario.
Si bien hay otra sentencia en la que no se lo sancionó, González recuerda que el principio de antinomia establece que debe ejecutarse el fallo posterior del 19 de agosto, porque se impone al anterior de enero del 2022.
“La antinomia determina que la norma que se aplicará es la última aprobada. Es así como esa última sentencia es de obligatorio cumplimiento, independientemente de que exista otra que no sancionó a Yunda”, precisó.
El Reglamento de Trámites del TCE da un plazo de tres días para que la sentencia de última instancia se ejecute o, al contrario, el interesado presente el recurso horizontal de aclaración y ampliación.
Ese plazo feneció el lunes último. Yunda no ha confirmado si presentó un recurso de aclaración y ampliación, pero de hacerlo el juez ponente de la causa debe resolverlo en dos días. Es decir, hasta este viernes, y con ello la causa podría encontrarse ejecutoriada.
En tanto, la alianza Juntos por la gente, que agrupa a los movimientos Pachakutik (PK) lista 18, Pueblo, Igualdad y Democracia (PID) lista 4 y Mover lista 35, inscribió la candidatura de Yunda el 22 de agosto, apenas el Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a las elecciones seccionales del 2023 y puso en vigencia los plazos de inscripción.
Pasado el mediodía del lunes, la Junta Provincial Electoral de Pichincha notificó a las organizaciones políticas de la inscripción para que objeten la postulación de Yunda de encontrar algún impedimento legal.
Los partidos y movimientos tienen dos días para objetar, es decir, hasta este miércoles y la Junta tendrá un día para notificar al candidato de la objeción. El postulante tiene dos días para contestar o declararse en rebeldía.
Luego la Junta resolverá en dos días sobre la objeción y la calificación, cuya resolución se notificará en un día. Con esos plazos, el próximo martes o miércoles se conocería la resolución sobre la candidatura de Yunda.
Si ninguna agrupación política objeta a Yunda y la sentencia no se encuentra ejecutoriada, se inscribiría su candidatura.
Según González, podría ser candidato en las elecciones seccionales del 2023 e incluso podría ser electo alcalde, aunque no podrá posesionarse porque para ejercer cargo público un requisito es gozar de los derechos de participación.
Medardo Oleas, vocal del extinto Tribunal Supremo Electoral, subrayó también que la sentencia que debe aplicarse es la última emitida este 19 de agosto, porque en la primera no existió una sanción.
“Jorge Yunda no puede inscribirse, porque le van a negar en algún momento del trámite. El Tribunal Contencioso Electoral va a notificar con la suspensión de sus derechos de participación y la multa y no podrá ser candidato”, indicó.
Mientras se consuman estos plazos, la alianza electoral Juntos por la gente está en la búsqueda de una nueva figura política para que los represente en la contienda electoral. Se trata de Antonio Ricaurte, exconcejal de Quito y excandidato a la Alcaldía años atrás.
Ricaurte no confirmó que haya aceptado la candidatura, pero sí ha mantenido conversaciones con los directivos de Pachakutik, Marlon Santi y Cecilia Velasque, con ese propósito.
“Recibí con mucho honor esta invitación porque en Pachakutik yo nazco, los principios e ideas son compartidos por mí. Siempre hemos mantenido una amistad y una relación importante y es un tema que debemos sentarnos a conversar”, comentó.
Dijo que esperará conocer las definiciones sobre la candidatura de Yunda, aunque cree que definitivamente no podrá participar.
“Jorge Yunda no va a poder participar y ese es un hecho real. Él agotará todo lo que esté a su alcance, pero al final no podría participar. Entonces, cuando se certifique que no puede ser candidato, se procederá con los procesos internos en el movimiento político para que se tome la decisión”, añadió, y evitó confirmar si aceptará esta nominación.
El reglamento para la inscripción de candidaturas determina que si un candidato está incurso en alguna inhabilidad, la alianza electoral o la organización política podrá reemplazarlo en un plazo de dos días, sin que para ello se requiera de un proceso de democracia interna.
El Código de la Democracia determina que sobre la decisión de la Junta provincial se puede impugnar ante el Consejo Nacional Electoral, que resolverá en tres días. Sobre esa resolución del Consejo cabe la apelación ante el Tribunal Contencioso Electoral y este último tiene 15 días para resolver.
La organización política puede presentar una nueva candidatura, pero si esta vuelve a incurrir en inhabilidades se rechazará al candidato de forma definitiva. (I)