Las primeras propuestas de cambiar el reglamento para la elección de la autoridad de la Fiscalía General del Estado llegan al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

El colectivo Juristas por la Democracia (Jurdem), que reúne a 16 profesionales del derecho en el libre ejercicio, envió una solicitud a los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana para que se reforme el reglamento para elegir al próximo fiscal general, que se aprobó el 11 de septiembre de 2024.

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Jurdem advierte al CPCCS que esta normativa «abre las puertas a personas que carecen de probidad notoria» a que puedan llegar a ser fiscal, ya que quienes estén siendo procesados en una causa de corrupción o crimen organizado no estarían impedidos de participar, solo si tiene una condena en firme.

Si bien aclaran que rige el principio universal de la presunción de inocencia, consideran que el «mejor fiscal debe, ante los ojos de la ciudadanía, ser intachable y no levantar dudas o sospechas sobre su probidad, o abrir la posibilidad para que en el cargo se designe a alguien que luego será condenado».

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En materia de méritos, cuestionan que no distingue la calidad en la formación académica, porque «da lo mismo tener títulos académicos de universidades de prestigio que de una universidad de ranking bajo».

Establece de «forma discrecional y arbitraria criterios de acción afirmativa que no favorecen a grupos tradicionalmente excluidos»; entre otras observaciones, que la decisión final estará en el pleno del Consejo, cuando la selección debería estar a cargo de profesionales prestigiosos que no estén vinculados al poder público para evitar conflictos de interés.

Desde la Federación Nacional de Abogados del Ecuador (Fenade), presidida por Paúl Ocaña Merino, también hubo inquietudes sobre este articulado que prohíbe, por ejemplo, la postulación de abogados que hayan patrocinado causas relacionadas con 35 delitos.

Según Ocaña, enviaron una comunicación al Consejo para ser recibidos y exponer sus preocupaciones sobre este articulado. Lo mismo requirió Jurdem en su comunicado.

El CPCCS aprobó con seis votos y una abstención, de la consejera Nicole Bonifaz López, el reglamento de 77 artículos que regiría el concurso público de méritos, oposición e impugnación para la designación de un nuevo fiscal para los próximos seis años. Esto, debido a que en abril del 2025 concluye el periodo de Diana Salazar Méndez.

El contenido de esta norma generó críticas y, en esa línea, el colectivo Juristas por la Democracia hizo una solicitud de información al CPCCS para que se le dé acceso a los proyectos sobre los que se elaboró el documento final, ya que se conoció que había tres: uno propuesto por Augusto Verduga Sánchez, Nicole Bonifaz y Yadira Saltos Rivas.

Otro, por Andrés Fantoni, Johanna Verdezoto del Salto y Jazmín Enríquez Castro; y, uno de Juan Guarderas Cisneros.

Después de dos semanas de debates internos, acusaciones y reproches entre los siete consejeros, sorpresivamente se sometió a votación el 11 de septiembre.

El documento se publicó en el portal web del Consejo por unas horas y luego se lo retiró; y, días después volvió a aparecer.

De esa manera, «preocupados por la falta de claridad» por cómo se construyó, los juristas piden conocer quiénes formaron parte de las mesas técnicas que diseñaron la norma y los videos de todas las sesiones en las que se debatió.

La solicitud de información la firmó la abogada Marcela Estrella, parte de esta agrupación, y en la que constan los nombres de los demás integrantes.

Su pedido se trató en la sesión del 18 de septiembre, pero los consejeros resolvieron, por unanimidad, no entregarle esa información hasta que se precise si la solicitud de información la hace Estrella o el colectivo.

Andrés Fantoni, presidente del organismo, aprovechó para explicar que el reglamento está «sujeto a revisión técnica para que cumpla con los estándares» antes de su publicación en el Registro Oficial.

Aunque se conoció que el documento que se hizo público molestó a varios de los consejeros porque, aparentemente, contenía errores de fondo y forma.

Entre otros detalles, por ejemplo, se observa que la prueba oral está después de la fase de impugnación ciudadana y no en la etapa de oposición, cuando corresponden el examen escrito y el práctico. (I)