Por cadena nacional en televisión y radio y en las redes sociales oficiales del Consejo Nacional Electoral (CNE), en Facebook, YouTube e Instagram, a las que pueden enlazarse otros medios digitales, se podrá ver este domingo, 1 de octubre, el debate obligatorio en el que deben participar los dos candidatos finalistas a la Presidencia de la República, Daniel Noboa, de la Alianza Democrática Nacional (ADN), listas 4-35, y Luisa González, del movimiento Revolución Ciudadana (RC), lista 5.

El evento se realizará desde las 19:00 hasta las 21:00 y la cadena televisiva Ecuador TV, canal 7, tendrá a su cargo la logística del evento y será la matriz de la cadena nacional por la cual se hará la transmisión para los medios de comunicación. La periodista Ruth del Salto será la moderadora del debate.

En el debate, que estará dividido en cuatro bloques con una duración de 25 minutos cada uno, se tocarán cuatro ejes temáticos: economía, seguridad, social y político. El orden de intervención será el siguiente:

  • Economía: Daniel Noboa
  • Seguridad: Luisa González
  • Social: Daniel Noboa
  • Político: Luisa González

Los dos aspirantes responderán, en total, ocho preguntas, dos por cada eje. Estas se elegirán de un banco de 40 que está siendo elaborado por el Comité Nacional de Debates.

En los tres primeros ejes, los candidatos podrán preguntarse y repreguntarse entre ellos, pero en el último será la moderadora la que haga las preguntas.

Noboa y González tendrán 2 minutos para contestar la primera pregunta del eje temático; luego, el otro candidato tendrá 25 segundos para realizar una réplica; así, el candidato que empezó tendrá un minuto para contestar a la réplica, y después el otro aspirante tendrá 25 segundos para hacer una pregunta o una contrarréplica, finalmente el candidato que inició tendrá otro minuto para responder a la contrarréplica.

Sanciones para candidatos que no asistan al debate

Los dos aspirantes a la Presidencia deberán asistir obligatoriamente al debate presidencial convocado y organizado por el CNE. De lo contrario, incurrirían en una infracción electoral “muy grave”, que son sancionadas con destitución y/o suspensión de derechos de participación desde dos hasta cuatro años, y una multa de 21 a 70 salarios básicos unificados ($ 9.450 a $ 31.500), según el artículo 279 del Código de la Democracia. (I)