A las 18:58 del 16 de abril pasado se cumplieron diez años del terremoto de magnitud 7,8 en la escala de Richter que tuvo como epicentro a Pedernales, al norte de Manabí, pero que afectó a toda esa provincia y a su vecina Esmeraldas. Entre 48 y 75 segundos le bastaron a la naturaleza para tirar al piso no solo las edificaciones levantadas, sino los sueños de miles de personas que debieron empezar nuevamente, en muchos casos, con menos integrantes en sus familias.

Cifras oficiales hablan de que el evento natural y sus más de 1.500 réplicas en menos de dos meses causaron 663 fallecidos, más de 6.200 heridos, 28.775 personas albergadas y cerca de 80.000 ciudadanos desplazados ante la pérdida de casas o trabajos. Casi 30.000 viviendas y edificaciones en las zonas urbana y rural de las dos provincias se vieron afectadas en niveles que llegaban hasta el colapso.

En lo que tiene que ver con las carreteras los daños fueron incalculables y ni hablar de las afectaciones en la provisión de servicios básicos, como agua potable o energía eléctrica. La infraestructura de salud, hospitales y centros de salud, y de educación también resultaron con daños graves.

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Cifras oficiales ubicaron en ese momento que los daños dejados por el terremoto bordeaban los $ 3.300 millones. Ante ello, en el Gobierno de Rafael Correa, en 2016, se aprobó la Ley de Solidaridad.

La norma buscaba reconstruir las zonas de Manabí y Esmeraldas afectadas por el terremoto y para ello se aumentaba el impuesto al valor agregado (IVA) al 14 % por un año y se creaban contribuciones temporales, como rubros sobre utilidades, aportes sobre el patrimonio...

Un aproximado de $ 3.500 millones se habrían recaudado a través de los nuevos impuestos y las donaciones hechas, dineros que, resaltó el miembro de la Comisión Nacional Anticorrupción (CNA) capítulo Manabí Julio Villacreses Guillén, eran de exclusivo uso para la reconstrucción y la reactivación económica de Manabí y Esmeraldas.

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Villacreses señala que sí se reconstruyó algo luego del terremoto, pero aclara que esa poca reconstrucción se dio con “grandes sobreprecios y corrupción terribles, violentando permanentemente la Ley de Solidaridad y con obras que nada tenían que ver con la reconstrucción”.

El abuso de recurso públicos a favor de terceros

Justamente del abuso ejercido por funcionarios públicos al dinero que los ecuatorianos entregaron para procurar los derechos de medicina, salud, educación, vivienda y reactivación económica para la población en las zonas gravemente afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016, al viabilizar la priorización de varios proyectos ajenos al objeto de la Ley de Solidaridad, versó el proceso penal por el delito de peculado dentro del caso denominado Reconstrucción de Manabí.

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QUITO (30-06-2025).- En la Corte Nacional de Justicia se realizó la audiencia de juzgamiento en el caso Reconstrucción de Manabí, ingresa el exvicepresidente Jorge Glas. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

El 30 de junio de 2025, un tribunal de juicio, integrado por los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Mercedes Caicedo (ponente), Marco Rodríguez y Javier de la Cadena, decidió de forma unánime declarar la culpabilidad de Jorge Glas, exvicepresidente de la República y expresidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo, y Carlos Bernal, exsecretario técnico del Comité de la Reconstrucción.

Ambos fueron acusados por la Fiscalía por el delito de peculado en calidad de autores, pero la sala de juicio determinó que Glas y Bernal son coautores. Por el cometimiento del tipo penal con “dolo” y “conocimiento” para beneficiar a terceros, los dos exfuncionarios públicos del correísmo fueron condenados a la pena máxima del delito de peculado: 13 años de privación de la libertad.

“‘Privar a las personas de sus derechos humanos es poner en tela de juicio su propia humanidad’, Nelson Mandela. Iniciamos con esta frase, en virtud de que se ha discutido en esta audiencia (de juicio) no solo el abuso de recursos públicos, sino cómo ante una tragedia como la del terremoto del 16 de abril (2016), de la administración adecuada de estos recursos depositados en emergencia por la confianza de un pueblo, dependía de sus administradores garantizar los derechos humanos de los hermanos de Manabí y Esmeraldas, quienes lo habían perdido todo: su familia, sus casas y hasta estuvo en riesgo y en juego su propia dignidad”, afirmaba Caicedo antes de dar a conocer la sentencia oral de la causa.

El uso indebido, según la Fiscalía

El 22 de junio de 2025, el exfiscal general encargado, Wilson Toainga, pidió la pena máxima para el delito de peculado, es decir, 13 años de cárcel para Glas y Bernal, pues dijo que luego de cinco días de audiencia de juzgamiento no existía duda del abuso ejercido por los dos exfuncionarios al dinero entregado a fin de procurar los derechos de medicina, salud, educación, vivienda y reactivación económica para las poblaciones de las zonas más afectadas por el terremoto.

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Toainga indicó que en el juicio se ha apreciado que el delito de peculado no comprende únicamente ni exclusivamente conductas de apropiación, distracción y disposición arbitraria de fondos públicos, sino también que este delito puede cometerse a través de conductas de abuso de dineros públicos por parte de funcionarios que han utilizado de “manera indebida e inadecuada los recursos económicos pertenecientes al Estado” recaudados por la Ley de Solidaridad, contraria a los fines por los cuales fueron asignados.

“Precisamente el concepto de uso indebido es lo que define el término abusar que contempla el verbo rector del tipo penal de peculado”, explicó Toainga.

Según la jueza ponente, en el caso Reconstrucción de Manabí quedó comprobado el abuso de fondos públicos recaudados por la Ley de Solidaridad por parte de las personas procesadas, quienes aprovechando su cargo, presidente del Comité de la Reconstrucción, Jorge Glas, y secretario del Comité, Carlos Bernal, y las condiciones de emergencia ejecutaron de manera voluntaria la conducta en términos que exige la ley, es decir, uno de los verbos rectores: abusar.

“Todo esto se acredita con la vasta prueba pericial, testimonial y documental desarrollada para la acusación pública, la misma que ha guardado un hilo conductor. Es decir, se ha acreditado que las personas procesadas Jorge Glas y Carlos Bernal, en virtud de su potestad estatal, presidente y secretario del Comité de Reconstrucción, en beneficio de terceros, entre estos terceros, familiares consanguíneos y de afinidad de Carlos Bernal, abusaron de dineros públicos recaudados por la Ley de Solidaridad para atención de víctimas del terremoto. ¿Cuándo? Cuando priorizaron obras que no estaban destinadas para atender necesidades de las víctimas. Obras que eran contratadas por otras entidades en donde también estaban familiares de Carlos Bernal y finalmente llegaban a las arcas de la familia de Bernal Alvarado porque los contratos iban direccionados hacia ellos”, se aseguró en la decisión del tribunal.

Trece años de cárcel y el pago de una indemnización de $ 250′000.000

En resumen, la teoría del caso de Fiscalía señaló que parte de los dineros recaudados por los ecuatorianos, luego del terremoto de abril de 2016, se destinó a once proyectos no prioritarios que habían beneficiado intereses particulares en la asignación y firma de contratos. A más de los trece años de prisión, a Glas y Bernal, por separado, se les ordenó el pago de una multa de 60 salarios básicos unificados ($ 28.200) y la cancelación de forma conjunta de una indemnización económica, por los daños materiales e inmateriales, de $ 250′000.000.

QUITO (19-06-2025).- Carlos Bernal, exsecretario técnico del Comité de la Reconstrucción de Manabí, de manera telemática, en la audiencia de juzgamiento del caso Reconstrucción de Manabí, donde también está procesado, Jorge Glas, exvicepresidente de la República, en la Corte Nacional de Justicia. Alfredo Cárdenas/ EL UNIVERSO. Foto: Alfredo Cárdenas.

El exvicepresidente Glas aseguró durante el juicio que se lo está juzgando por diferencias de opinión en cuanto a lo que para la Fiscalía es prioritario y necesario y lo que el Comité aprobó con base en un plan de reconstrucción. Dijo ser inocente del peculado del que se le acusa, pues nunca manejó dineros, dispuso partidas o definió contratos. Se declaró un perseguido político al que se le quiere acabar su vida y darle trece años de cárcel por haber hecho su trabajo.

Los proyectos analizados por la Fiscalía que fueron declarados prioritarios, que a decir de la instancia acusadora no tenían esa calidad y se construyeron por intereses particulares con fondos para las víctimas del terremoto, fueron el acceso a Bahía de Caráquez, puente sobre el río Jama, derrocamiento y demolición de escombros y puente sobre el río Mataje, hechos ejecutados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP); cuatro facilidades pesqueras en San José de Chamanga, Cojimíes, Arenales de Crucita y Puerto López, y el Espigón de Sacrificio del Puerto Pesquero Artesanal de San Mateo, en cuya ejecución intervinieron entidades como Inmobiliar.

El integrante en Manabí de la CNA refiere que es difícil determinar cuál es el nivel de desvío de fondos que podría haberse registrado en la larga etapa de la reconstrucción de las zonas afectadas por el terremoto. Recuerda que según la Contraloría General del Estado, solo se ha podido auditar un bajo porcentaje del total de contratos que se manejaron en esta crisis.

Villacreses afirma que debe seguirse investigando los casos de corrupción derivados del mal manejo de estos recursos, tal cual lo definió el tribunal de juicio del caso contra Glas y Bernal. Los jueces Caicedo, Rodríguez y De la Cadena, considerando los hechos puestos en su conocimiento, ordenó a la Fiscalía que inicie las investigaciones a personas naturales y jurídicas beneficiadas por contratos de proyectos priorizados por el Comité de Reconstrucción, todas las obras que han sido vinculadas a familiares de las personas procesadas, particularmente de Carlos Bernal.

Actualmente, Glas y Bernal esperan audiencia para apelar la condena de primera instancia.

Cinco procesados aún faltan por ser juzgados

Por el caso Reconstrucción de Manabí aún esperan audiencia de juzgamiento Walter Solís, exministro de Transporte y Obras Públicas del Gobierno de Rafael Correa; Franklin Bernal, padre de Carlos Bernal, y otras tres personas.

El 11 de julio de 2025, de forma unánime, los jueces Felipe Córdova (ponente), Daniella Camacho y Manuel Cabrera, de la CNJ, decidieron levantar el sobreseimiento definido y llamarlos a juicio a todos.

La sala de apelación definió que existen contra los cinco procesados los elementos respectivos para presumir que habrían participado en forma directa en una serie de actos que podrían ajustarse a la descripción típica del delito de peculado en calidad de autores. El 19 de mayo de ese año el conjuez Marco Aguirre sobreseyó a siete acusados señalando que no existían los elementos de convicción suficientes que revelen la conducta penal que era investigada.

Con ese argumento Aguirre sobreseyó no solo al exministro Solís y a Franklin Bernal, exsubsecretario de la regional 4 del MTOP, sino también a Pablo Ortiz, exgerente de la empresa estatal Ecuador Estratégico; a Boris Sebastián C. G., exviceministro de Infraestructura de Transporte; a Omar Wilfrido Ch. R., exviceministro de Infraestructura de Transporte encargado; a Víctor Salvador J. V., exdirector del Servicio de Contratación de Obras (Secob); y al exfuncionario de Inmobiliar Milton Daniel M.

El juez ponente del tribunal afirmó que dentro de la audiencia de apelación se narró una serie de conductas que presumiblemente podrían adecuarse al tipo penal de peculado. Se indicó que la Fiscalía no se habría limitado a mencionar que el único acto reprochable es la priorización de proyectos, sino que también se hizo mención a una serie de contratos, once en total, y a una serie de conductas de planificación, coordinación y ejecución, que habrían representado un abuso de los recursos públicos recaudados a efecto de la Ley de Solidaridad, beneficiando presuntamente a terceras personas.

Por ello no solo se revocó el auto de sobreseimiento y llamó a juicio a Solís y Bernal, sino también a Pablo Ortiz, a Boris Sebastián C. G. y Omar Wilfrido Ch. En el caso de Víctor Salvador J. V. y Milton Daniel M., el tribunal determinó que no existen los elementos suficientes para presumir su intervención en el ilícito analizado.

QUITO (06-06-2025).- El exvicepresidente Jorge Glas compareció ante la Corte Nacional de Justicia para la audiencia de juicio en el caso Reconstrucción de Manabí. Pero dicha audiencia se suspendió. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Para los jueces de apelación, en el análisis y la valoración del sobreseimiento ha existido un razonamiento equivocado, dado que el verbo rector del delito peculado: abusar, es amplio. Se apuntó que el abuso no equivale a apropiación de un recurso público, sino que el abuso puede darse incluso en los casos en que exista una administración desleal o un uso inadecuado de los bienes del Estado.

Las responsabilidades de Jorge Glas y Carlos Bernal

“Aquí no se trata de una responsabilidad por influjo ni impulso psíquico, sino al contrario, que sus acciones materiales y directas priorizaron obras como parques, pedían desembolsos de recursos, sabiendo que estas obras no cubrían las necesidades inmediatas de las víctimas del terremoto, conllevaron a que se construyan obras de regeneración, en lugar de que se construyan casas, escuelas y hospitales, obras cuyos contratos beneficiaron a la familia de Carlos Bernal, traicionando la confianza de los ciudadanos, en general de la Administración pública, que ante una tragedia, terremoto, por solidaridad y amor a la patria, aportaron con parte de su sueldo, con sus compras y hasta con su propio trabajo, a la recaudación de fondos, en beneficio de las víctimas de aquella catástrofe de 2016, sin que se haya cumplido con las finalidades de la Ley de Solidaridad”, concluyó en su sentencia el tribunal encabezado por la jueza Caicedo.

Sobre Jorge Glas, la sala de juicio en su análisis señaló que desde el cargo de presidente del Comité de Reconstrucción hizo un uso “injusto, indebido y excesivo” de los dineros públicos, provenientes de una ley cuyo objeto radicaba en la recaudación de contribuciones solidarias de todos los ecuatorianos para la reconstrucción de las provincias en donde se había suscitado el terremoto el 16 de abril de 2016.

Aclaró la jueza ponente que si bien es cierto el también entonces exvicepresidente de la República no suscribió contratos, “se evidencia su impulso para procesar y asignar recursos bajo el contexto de una emergencia, pero que no atendían a la emergencia, sino más bien a una arbitrariedad”.

Reconoce el tribunal que las atribuciones del Comité eran legales, pero, se aclaró, que lo que permitían las actividades realizadas por Glas, en calidad de presidente del Comité de Reconstrucción, es que los fondos sean desembolsados y que finalmente los contratos sean asignados a obras que hasta la fecha están siendo usadas, pero sobre todo a obras que particularmente, en algunas ocasiones, fueron beneficiadas por contratación a familiares de su secretario técnico: Carlos Bernal.

QUITO (30-06-2025).- En los exteriores de la Corte Nacional de Justicia, durante la audiencia de juicio del caso Reconstrucción de Manabí, seguidores del exvicepresidente Jorge Glas pedían su libertad. Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: Carlos Granja Medranda

Respecto de Bernal se explicó que el procesado, en calidad de secretario del Comité de Reconstrucción, cargo que como funcionario le habría permitido, gracias a las atribuciones dadas por Jorge Glas, “abusar y hacer uso injusto, indebido y excesivo” de dineros públicos provenientes de una ley cuyo objeto radicaba en la recaudación de contribuciones solidarias de todos los ecuatorianos para la reconstrucción de provincias que sufrieron el terremoto de 16 de abril de 2016.

“Si bien es cierto, él no suscribe contratos, se evidencia su participación activa para la priorización de estas obras innecesarias en relación con el momento catastrófico que vivía esta provincia, era quien ubicaba el órgano de atención de las obras, aprobaba la priorización de las obras bajo el contexto de emergencia, tenía atribuciones excesivas que la Ley no había proveído, pero que habían sido asignadas por Jorge Glas, lo que permitía que los fondos sean desembolsados y los contratos firmados para que se asignen por otras instituciones los recursos a obras que hasta la fecha pueden ser usadas. Dineros que se desembolsaban en virtud de la priorización realizada, como secretario técnico por Carlos Bernal, del impulso realizado por él, actividades, no pensamientos, y que finalmente iban a parar a las arcas de las familias de Carlos Bernal, su cuñado, su esposa y demás”, sostuvo el tribunal en su análisis. (I)