El pasado 5 de mayo, cerca de los rieles de Tambillo, en el cantón Mejía, un conductor en presunto estado de embriaguez atropelló a dos personas en una moto, causándoles la muerte instantánea.

Luego de levantadas las pericias investigativas, sumadas al resultado de la prueba de alcoholemia, que arrojó 1,91 gramos por litro de sangre, el implicado recibió arresto domiciliario, a pesar de que Fiscalía pidió prisión preventiva por homicidio culposo.

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Este delito está tipificado en el artículo 376 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con una pena de diez a doce años de cárcel y la revocatoria definitiva de la licencia, esto es, por conducir en estado etílico y ocasionar muertes en las vías.

No obstante, el juez Henry Leiva, de la Unidad Multicompetente Penal del cantón Mejía, la tarde del jueves 15 de junio, cambió las medidas al agresor. Basándose en el artículo 519 del COIP modificó el arresto domiciliario a presentaciones periódicas ante la justicia y la prohibición total de la salida del país.

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El juez añadió que el artículo antes mencionado permite realizar cambios a las medidas cautelares. El causante del siniestro cumplió tres de las cuatro cláusulas que reza la ley, a pesar de haber atentado contra la vida de los jóvenes de 18 y 26 años.

Fiscalía se encuentra a la espera de la notificación sobre el día y la hora para la audiencia preparatoria de juicio y la sustentación del dictamen. (I)