El lunes 1 de mayo se vivirá otra jornada de asueto por la conmemoración del Día del Trabajo. Según el calendario de feriados, publicado por el Ministerio de Turismo, este día se une al sábado 29 y domingo 30 de abril, creando tres días seguidos de descanso laboral.
El Día del Trabajo, que se celebra en Ecuador desde 1911, recuerda el movimiento obrero de Chicago en 1886, que pedía la jornada de ocho horas laborales. A pesar de ser fuertemente reprimidos en esa protesta, los obreros siguieron imponiéndose hasta que progresivamente se instauró el día laboral que conocemos ahora.
Publicidad
Según la ley de feriados, vigente desde el 2016, el país tiene anualmente once días de descanso a nivel nacional que no se recuperan: 1 de enero, lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, 1 de mayo, 24 de mayo, 10 de agosto, 9 de octubre, 2 y 3 de noviembre y 25 de diciembre. Además, a cada provincia se le suma un día adicional por sus fiestas cívicas locales.
Este 1 de mayo es una jornada libre es de carácter obligatoria en todo el país y no es recuperable. Así también, al caer en lunes se cumple en la fecha sin alternaciones, según lo que indica la ley. Por ejemplo, si el 1 de mayo recaía en domingo, el descanso podía ser movido al lunes, tal como ocurrió en 2022. Pero al ser lunes, se mantiene.
Publicidad
La normativa de la ley de feriados indica que:
- Si un feriado cae en sábado, el descanso obligatorio pasará al viernes anterior.
- Si es domingo, al lunes siguiente.
- Si cae martes, el feriado se traslada al día lunes previo.
- Además, los feriados que sean en miércoles o jueves se trasladarán al viernes de esa semana.
- Cuando existan feriados locales o nacionales en dos días seguidos, estos corresponderán a lunes y martes o jueves y viernes.
Solo los feriados de Carnaval (variable, según el calendario lunar), Navidad (25 de diciembre) y Año Nuevo (1 de enero) son inamovibles y no se trasladan. Es decir, se mantienen y celebran en sus días exactos, sin alteración alguna. (I)