Luego de la agresión a una estudiante de 16 años de una institución educativa pública, la familia presentó una denuncia en la Fiscalía.

En las últimas horas se difundió un video en redes sociales sobre un hecho de violencia entre estudiantes de una unidad educativa fiscal de Quito, en el parque Itchimbía.

En el audiovisual se observó cuando dos alumnas protagonizaron una riña en ese parque, ante la mirada e inacción de compañeros y otras personas, pero una de ellas agredió en varios momentos a otra chica, que terminó golpeada en el suelo.

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El incidente ocurrió la tarde del viernes, 20 de junio, afuera de la institución educativa.

Hematomas e inflamación por los golpes recibidos es el cuadro médico de la estudiante agredida.

Está en su casa, recuperándose del hecho violento.

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Aún se espera que termine la inflamación para determinar si es necesario hacer exámenes médicos. Las lesiones provienen de la acción traumática de un objeto contundente, por lo que se ha determinado una enfermedad e incapacidad física provisional de tres días desde la fecha en la que se produjo el hecho.

Según Guillermo Rovayo, abogado especializado en asuntos penales y constitucionales, cuando se habla del tema delictivo de niños, niñas y adolescentes, por la imputabilidad que tienen, están bajo lo que se llama justicia especializada juvenil.

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Eso quiere decir, agregó, que desde una fiscalía especializada se remitirá el proceso a una unidad especializada. Ahí, explicó, es en donde se desarrollará el proceso de acuerdo con leyes especiales.

Actualmente, añadió, se establecen penas privativas de libertad o internamiento.

En su opinión, lo acontecido es un delito susceptible de conciliación, lo que significa que podrían ponerse de acuerdo las partes en un proceso en Fiscalía donde se podrían plantear medidas alternativas a las privativas de libertad, como educación comunitaria, asistencia a circulo restaurativo y acompañamiento terapéutico.

Unos veinte estudiantes estarían relacionados con el hecho grabando, alentando o mirando, e incluso uno de ellos habría creado páginas para reproducir la agresión en redes sociales.

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Las personas que presenciaron el hecho podrían tener una sanción, pues se habrían convertido en cómplices, expresó.

El video difundido en redes sociales, para Rovayo, puede servir como evidencia porque fue de manera pública; y si la Fiscalía lo constató, automáticamente, sin necesidad de denuncia particular, está en la obligación de empezar una investigación previa con una duración de 30 días.

Carlos Soria, abogado penalista, explicó que, cuando hay infracciones penales cometidas por menores de 18 años, son conocidas en una esfera distinta a la de los jueces y fiscales normales, pues están en el ámbito de especialistas en materia de niñez y adolescencia.

Agregó que, en ese caso, la norma especifica que las supuestas conductas penalmente relevantes cometidas por menores de 18 años tienen que ser juzgadas a través del Código de la Niñez y de la Adolescencia.

Con ello, precisó, no se habla de pena como tal, sino de medidas socioeducativas, trabajo comunitario; pero, dependiendo de la infracción, podría incluir internamiento domiciliario, provisional, de hasta de ocho años.

Tras ver el video, para Soria, puede haber un delito de agresión atribuido a la causante, porque se evidencian golpes.

“Lo que pasó puede ser considerado como un delito únicamente para establecer qué grado de sanción va a tener, pero no es un delito como tal; es una infracción penal”, dijo.

Añadió que, dependiendo del examen medicolegal que determinará cuántos días de reposo tiene la afectada, se aplicaría una pena correspondiente para lesiones, siendo lo máximo una sanción socioeducativa para la responsable con un internamiento temporal dentro de su casa.

Sin embargo, también podría haber medidas no privativas de libertad que son amonestación, imposición de reglas de conducta, apoyo psicológico, servicio a la comunidad y una libertad asistida. (I)