Una jornada escolar extendida se podrá aplicar en el sistema educativo, pero hay aspectos por considerar.

El artículo 121 del reglamento de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) establece que la modalidad matutina podrá desarrollarse entre las 07:00 y las 14:00, de lunes a viernes, siempre que se ejecute durante por lo menos seis (6) horas continuas.

Cuando no exista jornada vespertina en el predio educativo, la jornada matutina podrá extenderse hasta las 18:00.

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La modalidad vespertina podrá desarrollarse entre las 13:00 y las 20:00, de lunes a viernes, siempre que se ejecute durante por lo menos seis (6) horas continuas; y, la nocturna, que se ejecutará de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 16:00 y 22:00. Esta última podrá implementarse únicamente en el nivel de bachillerato.

Las instituciones educativas de todos los sostenimientos podrán impartir sus servicios en jornadas escolares extendidas, de lunes a viernes, bajo las condiciones que establezca el Ministerio de Educación, menciona el documento.

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Según la ministra de Educación, María Brown, se reconocerá como parte de la jornada escolar estos periodos extraescolares que pueden tener los estudiantes y hacer uso de las instalaciones educativas por periodos más extensos.

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Idealmente lo que se busca, agregó, es que en este programa de jornada extendida, la mayoría de instituciones educativas tengan una sola jornada y que los estudiantes puedan tener periodos académicos un poco más prolongados con recesos más grandes dado que no hay estudiantes en la tarde.

A la funcionaria se le preguntó si eso implicaría que los docentes tendrían que trabajar más horas y respondió que no.

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¿Jornada escolar podría ampliarse con nuevo reglamento educativo?: hay dudas de docentes

El Gobierno busca que puedan darse extensiones de jornadas escolares que impliquen también recesos más grandes . Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO Foto: El Universo

El planteamiento de jornada extendida, sostuvo, se realiza sobre la base del horario o de la carga laboral docente establecida en la ley, que son 25 horas pedagógicas o clases, pero tienen también trabajo adicional a las horas pedagógicas.

Por ejemplo, agregó, el docente califica, planifica, hace tutorías, acompañamiento a la familia, y todo eso forma parte de su jornada laboral, que al igual que otros trabajadores es de 40 horas semanales.

Por lo tanto, son 25 horas pedagógicas que son de 45 minutos típicamente, pero todo el resto de este tiempo se dedica a otras actividades laborales que pueden darse dentro de la institución educativa o no, indicó.

El objetivo de la jornada extendida es que el predio educativo, la infraestructura, se utilice en su máximo potencial y que también -agregó- otros actores de la comunidad puedan utilizarlo, por ejemplo, gestores culturales que puedan ofrecer clases de arte y cultura, de danza.

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La jornada escolar contempla horas pedagógicas, recreos, actividades de clubes, extracurriculares y demás actividades educativas que contribuyan al desarrollo integral del estudiantado, indica el reglamento.

“Se vea más bien como una extensión de la comunidad, en donde además se puedan dar otros aprendizajes no formales que complementan la educación o digamos el contenido curricular, pero que igual son parte del perfil del estudiante, es concebido como un complemento”, dijo.

¿Cuáles son los principales cambios para el año lectivo 2023-2024?

Para Nelly Miño, quien salió hace un año del magisterio y fue docente, el sistema educativo fiscal sufre de una grave desatención, la falta de recursos, la sobrecarga de actividades disfuncionales que debe cumplir un docente, los parches para cubrir la ausencia de docentes de planta.

A modo de ejemplo, indicó que si a un profesor de matemáticas o de otra área le sobra una o dos horas en el distributivo le asignan cursos en la cátedra de inglés, lenguaje, o cualquier otra área.

Agregó que hay una alta rotación de docentes y los procesos de selección son escasos.

Volver al sistema de los trimestres: ¿un avance o retroceso?

Acerca del cambio de quimestres a trimestres en el sistema fiscal lo consideró intrascendente.

“Este cambio solamente modifica el tiempo y la acumulación de pruebas y aportes con las cuales se evaluará, mas, no se consigue una mejora en la calidad de los aprendizajes. El cambio es intrascendente, ahora que, si la idea es elevar la calidad de los aprendizajes, la consideración para una verdadera transformación, debe topar aspectos como la pertinencia del currículo, la efectividad de los instrumentos evaluadores, la eficiencia y eficacia de la práctica docente, etc.”, agregó Miño. (I)