El lunes 8 de julio, la Policía Nacional aprehendió a un ciudadano que ofrecía servicio de delivery y que transportaba 22 fundas plásticas con marihuana en su maleta de comida rápida. Este caso resalta los riesgos asociados con la falta de control en esta actividad.

La aprehensión, realizada en el distrito Eloy Alfaro, sur de Quito, resultó en la incautación de aproximadamente 22.000 dosis de esta droga, que pretendía ser comercializada en la capital.

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En redes sociales, varios casos delictivos o problemas con repartidores de domicilios se han vuelto virales, ante esto las autoridades analizan la creación de normas para regular el trabajo.

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El martes 9 de julio, el Concejo Metropolitano de Quito conoció en primer debate un proyecto de ordenanza que busca regular el trabajo de los repartidores a domicilio, conocidos como delivery.

Esta iniciativa, impulsada inicialmente en 2020 por la concejala Analía Ledesma y complementada recientemente por el alcalde Pabel Muñoz, apunta a regularizar una actividad económica emergente que tiene características propias, en respuesta a la necesidad de orden y seguridad.

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El proyecto de ordenanza propone establecer un régimen administrativo para la prestación del servicio de entregas a domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito (DMQ).

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El objetivo principal es crear un registro de prestadores de servicios en la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), entidad encargada de regular el transporte comercial. Solo quienes se inscriban en esta base de datos podrían realizar entregas a domicilio, fomentando seguridad al identificar tanto el vehículo como su conductor.

Para la inscripción en el registro se necesitaría la presentación de documentos de identificación personal y de los vehículos (cuando sea aplicable), así como el pago de una tasa por la emisión del certificado correspondiente.

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Una vez registrados, los vehículos recibirán un distintivo que los autorizará para prestar el servicio de delivery en el DMQ. Este distintivo incluirá un código QR para facilitar la verificación de la habilitación.

La ordenanza también establece parámetros mínimos de calidad para la prestación del servicio. Los conductores de vehículos de combustión interna deberán tener la licencia de conducir correspondiente y cumplir con las normas de tránsito.

Además, será exigente la capacitación continua en conducción responsable, urbanidad y calidad de servicio al cliente. Los conductores deben estar equipados con elementos de seguridad adecuados, como cascos, chalecos y gafas, y los vehículos deben mantenerse en buen estado de funcionamiento.

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El proyecto de ordenanza consta de 24 artículos, una disposición general y cuatro disposiciones transitorias. Su objeto es “el otorgamiento del registro, la regulación y el control del servicio de entregas y/o reparto a domicilio (delivery) del cumplimiento de los requisitos para la habilitación de las y los prestadores del servicio, que efectúen personas naturales por su cuenta, mediante uso de plataformas digitales o por intermedio de personas jurídicas, en el Distrito Metropolitano de Quito”.

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Para registrarse, los prestadores del servicio deberán presentar:

  • Cédula o pasaporte (con visa que acredite condición migratoria).
  • Licencia de conducir.
  • Matrícula del vehículo.
  • Foto digital de frente y perfil.
  • Comprobante de un servicio básico.
  • Indicación de dirección domiciliaria, teléfono y correo electrónico.
  • Pago de la tasa por emisión de certificado.
  • Certificado de no adeudar al Municipio.

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El registro tendrá una vigencia de un año y deberá renovarse anualmente con un mes de antelación a su caducidad. Los prestadores podrán usar el registro en más de una plataforma. La tasa por emisión del certificado se establece en el 2,5 % de un salario básico unificado ($ 11,50).

Sanciones

La ordenanza también prevé un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento de las normativas. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones que van desde el 10 % hasta el 50 % del salario básico unificado (SBU), e inhabilitación del registro por seis meses en casos de infracciones muy graves.

Infracciones leves:

  • No portar la credencial de prestador/a de servicio de entrega o delivery.
  • No notificar cambios de datos declarados en el Registro.
  • No retirarse el casco para retirar y/o entregar los paquetes.

Infracciones graves:

  • Prestar el servicio de entrega sin renovar el registro de prestador de servicio de delivery.

Infracciones muy graves:

  • Ejercer el servicio de entrega a domicilio sin el respectivo registro, credencial y adhesivo por más de dos ocasiones.
  • Usar una credencial que, al ser validado el código QR, no corresponda a los datos registrados.
  • Prestar o alquilar la credencial, a título gratuito u oneroso.
  • Usar una credencial falsa o adulterada.
  • Incidente reciente y la necesidad de regulación.

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Para la aprobación de esta ordenanza en el DMQ se tiene que convocar a un segundo debate, la fecha de este todavía no ha sido anunciada. El alcalde es quien decide convocar a los concejales e incluir en el orden del día los temas a tratar. (I)