Un juez de Azuay dictó pena privativa de libertad de 29 años con 4 meses a Boris Patricio P. tras comprobarse su participación en el delito de violación en contra de su expareja.

Al sentenciado, Boris P., se le emitió un nuevo fallo de parte de la Corte Provincial de Azuay luego de que en enero del 2022 un tribunal ratificara su estado de inocencia.

Para que se diera la nueva resolución, el titular de la Fiscalía del cantón Sígsig, ante los jueces de segunda instancia, mencionó que, a pesar de presentar documentación que comprobaba la participación de Boris P., el tribunal no dio la valoración adecuada.

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El suceso tuvo su inicio el 14 de septiembre del 2020. Aquel día, la víctima se encontraba conversando con un amigo afuera de un domicilio ubicado en el cantón Sígsig; pero ella, al notar que su expareja Boris P. se acercaba al inmueble, trató de esconderse; de todas formas, el sentenciado ingresó y la obligó a salir hacia otro destino.

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Debido a que el sitio donde encontró a la víctima era muy concurrido, Boris P. la trasladó hasta un terreno baldío ubicado en un sector despoblado de Sígsig.

En el lugar, Boris P. exigió a su expareja que le entregara la clave del dispositivo móvil para luego agredirla de forma física y sexual.

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Boris P. agredió con golpes a la mujer hasta que la víctima pudo escapar para solicitar ayuda. Uno de los moradores del sector hizo una llamada al ECU 911.

Los agentes de la Policía Nacional acudieron al sitio para trasladar a la afectada a una casa de salud cercana para que fuera atendida.

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Finalmente, Boris P. fue acusado por la Fiscalía General del Estado luego de que funcionarios de la institución escucharan el testimonio anticipado de la víctima.

Además, el juez del caso tuvo que revisar los documentos donde reposaban los testimonios de las personas allegadas a la víctima y de los informes de las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social.

La sentencia de Boris P. está ligada a lo indicado en el artículo 171, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). La ley sanciona con pena privativa de libertad de 19 a 22 años a las personas que hayan cometido el delito de violación.

Aunque, debido a los agravantes 5 y 9 del artículo 48 del COIP, la pena aumentó a 29 años con 4 meses. (I)

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