Una semana después del encuentro entre el presidente saliente, Guillermo Lasso, y el presidente electo, Daniel Noboa, en Carondelet, como inicio de la transición al nuevo gobierno, el lunes 23 de octubre el ministro de Economía y Finanzas, Pablo Arosemena, envió un oficio a las máximas autoridades de las entidades del sector público en el que dio a conocer las “directrices para optimización del gasto público” para el último trimestre del año.

La finalidad de los lineamientos es “precautelar el uso eficiente de los recursos disponibles, así como la sostenibilidad de las finanzas públicas”, señala el documento suscrito por Arosemena.

Las directrices contienen disposiciones en egresos de personal y contratación pública, las cuales deberán ser acatadas por todas las entidades que conforman el sector público, de acuerdo con el artículo 225 de la Constitución:

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  • Organismos y dependencias de la funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social.
  • Entidades que integran el régimen autónomo descentralizado.
  • Organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.
  • Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los Gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos.

Optimización del gasto en personal

Se establecen cinco condiciones para el ingreso de personal en el último trimestre del año (octubre, noviembre y diciembre): por retorno del titular a su puesto de origen por finalización de comisión de servicios, y licencias; reemplazos por puestos únicos; reemplazos de puestos de nivel jerárquico superior, únicamente aquellos que se desvincularon en el mes de septiembre y octubre, y que son prioritarios en la gestión institucional; reingreso de servidores por cumplimiento de sentencias judiciales; y, personal esencial de los sectores de Salud y Educación.

En otras medidas, se dispone que los puestos del nivel jerárquico superior (NJS) que hayan permanecido vacantes hasta septiembre de 2023 no serán ocupados hasta finalizar el año.

Las entidades que den por terminados los contratos de servicios ocasionales y/o nombramientos provisionales no podrán contratar o incorporar personal con cargo a proyectos de inversión.

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Tampoco se podrá autorizar la contratación de personal en reemplazo del personal en comisiones de servicios o licencias sin remuneración. Y no se asignarán recursos adicionales para gastos de personal corriente o inversión, para la contratación o ingreso de personal nuevo en el ejercicio 2023.

Además, para todas las entidades del Presupuesto General del Estado (PGE) se suspenden trámites de solicitudes que requieren el pronunciamiento del Ministerio de Finanzas.

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Aquello abarca creación de puestos, revisión ascendente a clasificación, valoración de puestos o cualquier otro tipo de movimiento que genere impacto presupuestario o involucre recursos adicionales.

También quedan suspendidos los procesos administrativos relacionados con la incorporación de personal adicional en entidades de reciente creación.

Por último, entre octubre y diciembre no habrá autorizaciones para el pago de horas suplementarias y extraordinarias para los trabajadores y servidores de las instituciones públicas.

Directrices en contratación pública

Dentro de este apartado se fijan medidas para tres segmentos: certificaciones presupuestarias, disponibilidad de recursos y nuevas contrataciones.

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En el primero se indica que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) realizará la liquidación de aquellas certificaciones que hayan sido emitidas en el segundo cuatrimestre (abril, mayo y junio) y que hasta octubre no se hubieren efectivizado.

En cuanto al segundo punto, el oficio expone que el MEF no emitirá disponibilidades de recursos para nuevos proyectos de inversión, no autorizará incrementos presupuestarios en gasto corriente o inversión, no autorizará reprogramaciones de las cuotas de compromiso y devengo (salvo excepciones justificadas para los ministerios de Salud, Educación y Bienestar Social).

Aquí se señala que las entidades que no ejecuten actividades para la atención de la emergencia decretada por el fenómeno de El Niño deberán abstenerse de planificar, programar, certificar e iniciar nuevos procesos de contratación de egresos permanentes y no permanentes, que no tengan el carácter de prioritario para la funcionalidad institucional.

No se autorizarán modificaciones presupuestarias para financiar nuevos procesos de contratación de bienes y servicios o bienes de larga duración. Tampoco se darán nuevos avales para gastos por transferencias y bienes de larga duración, salvo casos relacionados con convenios firmados antes de las directrices emitidas el 23 de octubre.

Finalmente, en el rubro de nuevas contrataciones, el MEF dispone que las instituciones de la función pública no deberán generar nuevos procesos de contratación pública y se prohíbe el traspaso de recursos del grupo de bienes y servicios al grupo de bienes de larga duración, para iniciar procesos de contratación de activos de larga duración.

El documento firmado por Pablo Arosemena concluye indicando que las solicitudes realizadas y/o procesos en marcha que se enmarquen en las prohibiciones fijadas en las directrices del oficio quedan suspendidas y serán reversados en los casos que apliquen. (I)