En medio del debate público sobre el contrato por hora que se consultará en el plebiscito previsto para el 21 de abril del 2024, el Ministerio del Trabajo realizó el cálculo del valor real por hora de trabajo de quienes actualmente ganan el sueldo básico o salarios mínimos sectoriales, que son más altos según el cargo y la actividad económica.
Toma en cuenta el sueldo del trabajador, los décimos, las vacaciones y el aporte patronal que realizan las empresas por cada trabajador al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), así como el cambio planteado en el cálculo.
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La ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, explicó el viernes pasado que el costo de la hora de trabajo, si en la consulta popular se aprueba la pregunta sobre permitir la contratación por horas, sería al menos de entre $ 5 y $ 6.
Precisó que actualmente, para determinar el valor de la hora de trabajo, el Código Laboral establece que se divida el salario básico para 240 horas (que resultan de 8 horas de trabajo diario, multiplicadas por los 30 días que tiene un mes). Y lo que plantea el Ministerio del Trabajo es que el salario básico no se divida para las 240 horas, sino sobre 160 horas (que resultan de 40 horas de trabajo semanales, multiplicadas por las 4 semanas que tiene un mes).
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Así, el valor de la hora de trabajo para quienes ganan el sueldo básico es de $ 3,80, y cuando se labora en horarios especiales sube a $ 5,70, y en feriados se duplica.
¿Cómo el Ministerio del Trabajo llega a esos valores?
- Actualmente, el sueldo básico en Ecuador es de $ 460 y la jornada laboral es de 40 horas semanales. Tomando en cuenta que el mes tiene cuatro semanas, el costo de la hora es de $ 2,88 ($ 460 dividido para 160 horas).
- Pero a ese valor se le agrega el proporcional del decimotercer sueldo ($ 0,24) y del decimocuarto ($ 0,24), las vacaciones anuales ($ 0,12) y el aporte patronal al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) del 11,15 % ($ 0,32).
- Todo eso suma $ 3,80.
- Las horas extras cuestan más: el valor de la hora suplementaria es de $ 5,70 cuando se trabaja durante el día y hasta las 24:00; después de esa hora y hasta las 06:00, la hora sube a $ 7,60.
- En días de feriado y de descanso obligatorio, si la persona debe trabajar, el valor de su hora de trabajo es de $ 7,60.
El ministerio pone otros dos ejemplos del valor de la hora de trabajo cuando el sueldo es de $ 500 o de $ 800.
Con un sueldo mensual de $ 501,48 que corresponde a un ayudante de suelda
- En este caso, el valor de la hora de trabajo es de $ 3,13, y con beneficios de ley sube a $ 4,12.
- El valor de la hora extra es $ 6,17 si se la trabaja hasta las 24:00, y $ 8,23 cuando se labora entre las 24:00 y las 06:00.
- En días de feriado y de descanso obligatorio, si la persona debe trabajar, el valor de su hora de trabajo es de $ 8,23.
Con un sueldo mensual de $ 803,71 que corresponde a un jefe de campo de petróleo, crudo y gas natural
- El valor de la hora de trabajo es de $ 5,02, y con beneficios de ley sube a $ 6,45.
- El valor de la hora extra en este caso es $ 9,68 si se la trabaja hasta las 24:00, y $ 12,90 cuando se labora entre las 24:00 y las 06:00.
- En días de feriado y de descanso obligatorio, si la persona debe trabajar, el valor de su hora de trabajo es de $ 12,90.