La probidad de los postulantes, la trayectoria personal éticamente irreprochable, la falta de requisitos para la postulación, la falsedad en la información otorgada por el postulante, las inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución y la Ley, son las razones por las que una persona natural o jurídica podrá impugnar a uno o varios de los postulantes a jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que pasen la fase de impugnación ciudadana.