El artículo 4 del Acuerdo Ministerial MDT 2020 079, emitido el 24 de marzo pasado, indica que “los empleadores deberán realizar el pago de la participación de utilidades dentro del plazo de quince días, contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades, la cual deberá hacerse hasta el 31 de marzo de cada año”, es decir que el plazo para ese pago vence hoy.