La Corte Constitucional (CC) ajustó por tres ocasiones la Ley del Consejo de Participación Ciudadana (CPC), lo que permitió viabilizar las reelecciones del excontralor Carlos Pólit, y la del procurador Diego García.

Lo hizo con el artículo 70 y la transitoria octava referentes a las postulaciones a los concursos de las autoridades.

En el 2009 se estableció que en las elecciones de los titulares de los entes de control “podrán participar (...) previa su renuncia 180 días antes de la convocatoria a concurso o conformación de ternas y no podrán participar en dichos procedimientos si ya hubiesen ocupado el mismo cargo por dos periodos, a excepción de las autoridades con prohibición expresa en la Constitución y la Ley”.

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La transitoria señalaba que en la elección las autoridades encargadas por la Constituyente y designadas por el Régimen de Transición, podían participar “previa su renuncia”.

Esta frase impedía la postulación de Pólit al concurso del CPC que arrancó el 15 de enero del 2012. Pero el abogado Jimmy Morocho Pasaca presentó, 10 días antes, el 5 de enero de 2012, una demanda de inconstitucionalidad a esa frase y un recurso de medida cautelar.

La CC de Transición atendió ese pedido y el 11 de enero del 2012 dictó la medida cautelar, que suspendió la aplicación de esa frase, mientras se calificaba su inconstitucionalidad. Con ello, Pólit pudo presentar su candidatura y ser designado el 16 de abril de 2012.

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Cuatro años después, el Consejo abrió las inscripciones para renovar esa autoridad del 12 al 24 de noviembre de 2016.

Pólit ya no podía presentarse, pues el artículo 70 de esa ley lo impedía. En junio de ese año, los abogados Jack Robles Galán y María Dolores Vintimilla presentan una demanda de inconstitucionalidad al inciso, y la Corte lo aceptó.

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La sentencia se firmó el 10 de agosto del 2016, pero se publicó en el Registro Oficial el 30 de noviembre, seis días después del cierre de inscripciones.

Pólit fue designado por el CPC el 8 de marzo del 2017.

El excontralor Marcelo Merlo cree que el “error está en la Constitución del 2008 porque no impide la reelección”.

“En el país la designación del contralor ha estado ligada al cambio de gobierno, al permanecer cuatro años. Pero en esta Constitución, un contralor está en el cargo cinco años, con la idea de despolitizar su administración del Gobierno”.

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Pero agrega que “con esta Constitución hiperpresidencialista esto no es bueno, porque contamina al contralor”.

Otra autoridad que pudo reelegirse gracias a los pronunciamientos de la CC fue García.

El 30 de mayo del 2014, el subprocurador Rafael Parreño presentó una demanda contra el artículo 70 por la frase “previa su renuncia 180 días antes de la convocatoria a concurso o conformación de ternas”.

La Corte aceptó la demanda el 22 de octubre de 2014 porque “establece una regla restrictiva y hay una afectación al principio de eficiencia en la administración pública”.

García fue designado el 29 de enero de 2015. (I)