Byron Castillo duró apenas 51 días como futbolista de Emelec. Llegó a préstamo, pero los eléctricos rescindieron el contrato del zaguero el 28 de junio del 2015, sin dejarlo debutar. Mediante un boletín la directiva azul explicó la razón de deshacerse del entonces miembro de la Tricolor sub-17: “No ha superado los filtros que el club tiene implementados sobre los integrantes de su plantel (...). Emelec seguirá ejerciendo estrictos controles internos antes de utilizar a cualquier jugador que pudiese verse inmerso en diferentes situaciones que afecten los intereses deportivos de nuestro club”.

Sospechas sobre la nacionalidad de Castillo encendieron las alarmas en la entidad porteña, que optó por no correr los riesgos que otros, posteriormente, sí tomaron. Hubo un segundo caso de desconfianza. El 19 de enero de 2017, a pocas horas del comienzo del Sudamericano Sub-20, la Federación Ecuatoriana de Fútbol retiró a los jugadores Byron Castillo y John Pereira de la Selección por presumirse que había irregularidades en la documentación de ambos.

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Aquella vez la FEF aclaró, en un comunicado, que “la decisión fue tomada en virtud de la denuncia presentada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social sobre la identidad y documentación de ambos jugadores, quienes estarán excluidos de la Tri hasta que se realicen las investigaciones correspondientes por parte de las instituciones encargadas de este tema”.

‘FEF, plenamente consciente’

Esta última marginación de Castillo de un plantel fue tenida en cuenta por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS, por sus siglas en francés). Cita el hecho entre los diversos elementos de juicio que tuvo para sancionar a Ecuador, el 8 de noviembre del 2022, con la resta de tres puntos en las eliminatorias al Mundial 2026. Así está explicado en el Laudo Arbitral que contiene las motivaciones jurídicas seguidas para penalizar a la FEF tras aceptarse parcialmente un recurso interpuesto por las federaciones de Chile y Perú. EL UNIVERSO tuvo acceso a ese documento de 86 páginas.

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Hace ocho meses el TAS aclaró que castigó al balompié nacional por considerar que “la FEF violó el artículo 21 del Código Disciplinario de la FIFA por la utilización de un documento que contenía información falsa (el pasaporte de Castillo, señalado como colombiano por dirigentes de Perú y Chile)”.

Dice el Laudo Arbitral sobre la Federación: “El panel ( de jueces) considera que la responsabilidad está justificada porque la FEF estaba plenamente consciente de que cierta información en el pasaporte ecuatoriano del jugador (Castillo) era falsa y deliberadamente decidió correr el riesgo de presentar al jugador, a pesar de la abundante evidencia que tenía sobre el verdadero origen del jugador (esencialmente tenía la misma evidencia que ahora tiene el panel)”.

Registro Civil de Colombia

Entre los testimonios expuestos y utilizados el TAS resalta la información contenida en lo que el Laudo Arbitral denomina ‘Reporte Jara’, que fue elaborado por coronel retirado de la Policía Nacional Jaime Jara, cuando presidía la Comisión de Investigación de la FEF -en la era de Carlos Villacís-. Jara aseveró que Byron Castillo nació en Colombia y que en diciembre del 2018 le entregó a la Comisión de Disciplina de la Ecuafútbol toda la documentación que recabó.

El TAS estima, en su Laudo Arbitral , que la FEF tenía “abundante evidencia” sobre la situación de Castillo y da este ejemplo: “Hay un correo electrónico de fecha 1 de julio del 2015, del Registro Civil Nacional del Estado de Colombia al Registro Civil Nacional del Estado de Ecuador -en el contexto de un intercambio de correspondencia electrónica entre esas dos agencias gubernamentales, iniciado por una consulta de la agencia ecuatoriana sobre los datos personales reales del jugador- confirmando que Bayron Javier Castillo Segura nació en Tumaco, Colombia, en 1995″.

Añade el TAS que “dicho correo electrónico dice: ‘Habiendo revisado la ANI (Archivo Nacional de Identificación), reitero que el usuario Castillo Segura Bayron Javier nació el 25 de junio de 1995 en Tumaco, Nariño, registrado bajo el número de serie (...), sus padres (son] Castillo Ortiz Harrison Javier (...) y la señora Ortiz Olga Eugenia’. El usuario mencionado hasta el momento no ha tramitado su DNI (documento de identidad) en Colombia”.

‘Responsabilizar a la FEF’

Además de asentar el TAS en sus motivaciones que “el jugador (Castillo) admitió expresamente en una entrevista con el coronel Jaime Jara que no nació en Ecuador”, los cuatro jueces que firman el Laudo Arbitral llegaron a varias conclusiones respecto al papel de la FEF en este tema.

Por ejemplo, los abogados Massimo Coccia (Italia), Romano Subiotto (Bélgica), José María Alonso (España) y Francisco Larios (Estados Unidos), integrantes del TAS que trató el caso Castillo, “consideran necesario responsabilizar a la FEF por el uso de un documento falsificado (el pasaporte del defensor)”.

Además, el TAS hace este reproche a la Ecuafútbol: “En opinión del panel, la FEF no hizo todo lo posible para que el jugador testificara en la audiencia, ni siquiera hizo esfuerzos para que testifique por video”.

Dentro de la FEF hubo quien dio una opinión sobre eventuales consecuencias negativas respecto a citar a Castillo para las eliminatorias: Carlos Manzur, el vicepresidente. El 8 de marzo del 2021 declaró: Creo que es un tema de jugar sobre seguro, creo que es un tema de evitar que haya problemas. “Si de mí dependiese, yo no lo haría jugar por la selección ecuatoriana. No correría ese riesgo, no arriesgaría todo lo que estamos haciendo, pero insisto, no depende de mí, quien tiene que decidir si lo convoca o no es el profesor Gustavo Alfaro”. (D)