Mientras revisaba la sentencia del juez Juan Paredes en contra de la Compañía Anónima EL UNIVERSO, sus directivos y el exeditor de Opinión, el jurista Joffre Campaña detectó unos textos que, a su criterio, eran “bastante elaborados”.
De la sentencia del juez Juan Paredes (página 149)
“La injuria es un delito doloso y las diferentes formas del dolo son aptas para configurar este delito, el dolo consiste en que el agente tenga conciencia de que su conducta (palabra, acto, gesto) es idónea para ofender, no obstante de lo cual, igual actúa. Para que exista injuria es necesaria la existencia del “animus injuriandi”, es decir, la intención o ánimo de injuriar, de ofender, de deshonrar o desacreditar a la víctima. Basta que exista “animus injuriandi” para que exista injuria”.Del sitio www.todoiure.com.ar/monografias
“La injuria es un delito doloso y las diferentes formas del dolo son aptas para configurar este delito. El dolo consiste en que el agente tenga conciencia de que su conducta (palabra, acto, gesto) es idónea para ofender, no obstante de lo cual, igual actúa (...) Para que exista injuria es necesaria la existencia del “animus injuriandi”, es decir, la intención o ánimo de injuriar, de ofender, de deshonrar o desacreditar a la víctima. Basta que exista “animus injuriandi” para que exista injuria, no requiriéndose la intención de causar un daño a la víctima...”De la sentencia del juez Juan Paredes (página 150)
“El delito de injurias supone en la persona que lo ejecuta el conocimiento de que sus expresiones o acciones, en las circunstancias en que fue proferida por un medio de comunicación social, tenía un sentido agraviante para otra persona”.Del sitio www.blogmejillones.cl
“Delito de injuriaEste delito supone en la persona que lo ejecuta el conocimiento de que su expresión o acción, en las circunstancias en que fue proferida o realizada, tenía un sentido agraviante para otra persona; en otras palabras, presupone un “animus injuriandi”, concebido como una voluntad de causar daño al ofendido”.","isAccessibleForFree":true}
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Fragmentos del fallo de Paredes coinciden con frases disponibles en webs extranjeras.
Mientras revisaba la sentencia del juez Juan Paredes en contra de la Compañía Anónima EL UNIVERSO, sus directivos y el exeditor de Opinión, el jurista Joffre Campaña detectó unos textos que, a su criterio, eran “bastante elaborados”.
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Esta nueva norma, conocida como Ley de Notificaciones Electrónicas Entre Propietarios e Inquilinos, moderniza la comunicación.
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