En la era digital el silencio electoral se ha vuelto complejo. El Código de la Democracia establece en el artículo 207 que 48 horas antes de los comicios y hasta las 17:00 del día del sufragio no se puede difundir propaganda de candidatos, partidos o movimientos políticos.

“En este periodo queda prohibida la difusión de cualquier tipo de propaganda electoral, información emitida por las instituciones públicas, así como encuestas, opiniones o imágenes que puedan incidir en la opinión del elector. Además, no se podrán realizar mítines, concentraciones o cualquier otro acto de carácter electoral”, anota en un comunicado el Consejo Nacional Electoral, haciendo referencia al articulado del Código de la Democracia.

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A partir del primer minuto del 7 de febrero rige la prohibición. Es un periodo definido como silencio electoral o etapa de reflexión para el electorado. Sin embargo, el control en redes sociales es esquivo y analistas advierten que se potenciarán los ataques hacia distintos candidatos y la difusión de la imagen de los postulantes, no necesariamente desde sus cuentas sino de terceros e incluso desde cuentas de troles o manejadas por bots.

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Aunque, según expertos en tecnología, sería relativamente fácil identificar de dónde salen los mensajes o cuentas, depende del interés de las autoridades clarificar desde dónde se hace un ruido prohibido legalmente.

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Hacer llamados a los postulantes para respetar la norma no ha resultado efectivo en el pasado, más allá de las promesas. Los estrategas privilegian lo que a su juicio es más conveniente a sus clientes y pasan a segundo plano la exigencia.

Así las cosas, la ciudadanía convivirá con el ruido en redes sociales, en vallas en las calles y otras formas de campaña que evaden controles en estos días. Pero será esa misma población habilitada para ir a las urnas la que evaluará a los candidatos y sus acciones. Más allá del ruido que se pueda hacer durante el silencio electoral, el votante se expresará de acuerdo con su análisis y criterio. (O)