Thomas Hobes (1588-1679) escribió en su obra cumbre, Leviatán (1651), “un precepto, o regla general de la razón, (es) que todo hombre debiera esforzarse por la paz, en la medida que espere obtenerla, y que cuando no puede obtenerla, puede entonces buscar y usar toda la ayuda y las ventajas de la guerra, de cuya regla la primera rama contiene la primera y fundamental ley de la naturaleza, que es buscar la paz”.

La paz de la que nos encontramos gozando gracias a la protección de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional ha sido crucial para contrarrestar el crimen organizado y el narcotráfico, que han afectado por mucho tiempo a los ecuatorianos con el terror y la angustia que han generado y al que nos encontrábamos sometidos desde hace mucho tiempo. Es fruto de la decidida intervención del presidente de la República, Daniel Noboa, al expedir el estado de excepción en el que nos encontramos actualmente. Este es el fundamento moral jurídico y constitucional de la implantación del estado de excepción contenido en el artículo 164 de la Constitución.

La decisión del presidente Noboa ha sido una medida necesaria para garantizar la seguridad de la población. Aunque esta medida tiene un límite temporal y debe ser autorizada por la Corte Constitucional, es importante reconocer que las causas que la motivaron no desaparecerán automáticamente al finalizar el plazo establecido. Por ello, es crucial evaluar la pertinencia de continuar con esta medida para seguir combatiendo eficazmente a la delincuencia organizada y al terrorismo.

En este sentido, es necesario que el presidente de la República consulte a la Corte Constitucional sobre la continuidad de los estados de excepción, “hasta que desaparezcan las causas que los motivaron”, siempre en aras de garantizar la paz, la seguridad y el derecho de todos los ecuatorianos.

Asimismo confiamos en la respuesta favorable de la ciudadanía a las preguntas de la consulta popular, proponiendo las reformas a las diferentes normas jurídicas e incrementando las responsabilidades penales para el crimen organizado y el narcotráfico; a su vez hacemos extensiva esta confianza a la Asamblea Nacional, en cuanto a la expedición de la legislación complementaria que el Ejecutivo debería remitirle dentro de los 60 días de la respuesta popular.

Celebramos anticipadamente las eventuales reformas a la Ley Orgánica de Garantías Constitucionales y Control Constitucional que se derivarían de las respuestas positivas a la consulta popular con la creación y organización de los jueces constitucionales, haciéndose eco el Ejecutivo del clamor ciudadano.

Esperamos en un futuro cercano la formulación de una nueva consulta popular respondiendo a la exigencia nacional de la desaparición del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social y para la creación de una Cicig ecuatoriana.

Finalmente, podrá controlarse el abuso y el uso de las garantías constitucionales mediante el ejercicio de las acciones de protección. Confiemos en la consulta. La responsabilidad es de todos los ecuatorianos. Juntos podemos trabajar para construir una sociedad más segura y justa. (O)